Ejecutivo presentará en enero la regulación sobre salas cunas
La ley aplicará para las empresas con más de 100 trabajadores.
El Ejecutivo prevé tener para enero del próximo año una propuesta del reglamento necesario para la aplicación de la Ley Especial para la Regulación de Salas Cunas, tras una serie de consultas con “afectados” o “interesados”, a través de asociaciones que los representen.
El 19 de junio de 2020 entrará en vigor la ley que hará obligatorio que las empresas de más de 100 personas en planilla tengan una sala cuna u otra alternativa para cuidar a los hijos de los trabajadores.
Las compañías tienen tres opciones: instalar su propia guardería, crear una en conjunto con otras empresas de la zona o contratar a un tercero. El reglamento es necesario pues establecerá parámetros específicos de funcionamiento. Por ejemplo, la ley dice que el lugar de cuido debe de estar en la “circunscripción territorial”, pero no especifica la distancia o si se refiere al mismo municipio.
El reglamento incluirá elementos como “el perfil de los encargados de supervisar a los menores de edad, los requisitos de la infraestructura; así como posibles mecanismos para aliviar el peso económico que actualmente recae sobre los empresarios”, de acuerdo con un comunicado de la Presidencia de la República
Según el abogado especialista en temas laborales, Jaime Solís, la salas cunas serán exigibles por la madre y el padre, desde que el bebé tiene cuatro meses, hasta los tres años.
Los cuatro meses se establecieron ya que antes la madre está de permiso de maternidad; no obstante, si ella ha muerto, el padre puede hacer la exigencia antes de los cuatro meses.
ALTERNATIVAS
LAS EMPRESAS DE MÁS DE 100 TRABAJADORES TENDRÁN TRES OPCIONES: INSTALAR SU PROPIA GUARDERÍA, CREAR UNA EN CONJUNTO CON OTRAS COMPAÑÍAS DE LA ZONA O CONTRATAR A UN TERCERO.