ORGANIZACIONES Y GOBIERNO RECHAZAN RESOLUCIÓN A FAVOR DE MAGISTRADO
Organizaciones señalan que la decisión de la Cámara Primera de lo Penal implica un retroceso para el país. El CONNA pide cumplir las leyes y acuerdos que garantizan los derechos de la niñez.
Diversas organizaciones internacionales que trabajan por la protección de menores en El Salvador y el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA) rechazaron la decisión de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador que minimiza la acusación y favorece al magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz, acusado de agredir sexualmente a una niña de 10 años, el 18 de febrero en la residencial Altavista II.
La resolución también ha causado indignación en redes sociales donde los usuarios han empezado con la campaña “#Tocarniñassíesdelito”. Asimismo, diputados de la Asamblea Legislativa han anunciado que el lunes presentarán reformas.
El jueves 31 de octubre, los magistrados Guillermo Domínguez, Martín Rogel Zepeda y Marta Lidia Peraza decidieron reducir la acusación contra Escalante
al considerar que no hubo una agresión sexual contra la niña, sino una falta. Se declararon incompetentes y enviaron el proceso al Juzgado de Paz de Tonacatepeque.
La resolución beneficia al magistrado Escalante, porque evitaría la cárcel en caso de que un juez lo declare culpable de tocar a una menor en sus partes genitales, como señala la FGR.
Para las organizaciones como Plan Internacional, Save the Children, Visión Mundial y Educo, esto implica un retroceso para el país, tras 30 años de la conmemoración de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Las organizaciones le exigen a la Cámara Primera de lo Penal que analice y resuelva aplicando la normativa internacional y nacional relativa a los derechos de la niñez y adolescencia para evitar la contradicción a la Convención sobre los Derechos del Niño.
Le piden al Estado que cumpla con la observación quinta del Comité de Derechos del Niño sobre la insuficiente aplicación de la LEPINA y la recomendación de asignar recursos humanos, técnicos y financieros para su aplicación, y que revise las disposiciones sobre los procedimientos administrativos y judiciales para garantizarle a los niños el acceso a la protección y justicia.
Por su parte, a través de un comunicado, el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia indicó que todo acto violatorio a la integridad sexual de la niñez debe de ser atendido por el sistema judicial con máxima prioridad, responsabilidad y seriedad, para garantizar el respeto a la intimidad de la víctima y evitar situaciones de revictimización.
El CONNA, en representación de las instituciones gubernamentales, exhortó a los involucrados a cumplir con lo establecido en las leyes nacionales como internacionales, así como los acuerdos firmados para garantizar los derechos de la niñez y que no sean le
EL CASO LA FISCALÍA ACUSÓ AL MAGISTRADO ESCALANTE DE AGREDIR SEXUALMENTE A UNA NIÑA DE 10 AÑOS EL 18 DE FEBRERO PASADO EN LA RESIDENCIAL ALTAVISTA II, DEL MUNICIPIO DE TONACATEPEQUE, AL NORTE DE SAN SALVADOR. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA LE QUITÓ EL FUERO PARA QUE ENFRENTARA LA JUSTICIA.
tra muerta frente a tecnicismos legales.
El ISDEMU también hizo un llamado a la Corte Suprema de Justicia para asegurar y garantizar el debido proceso de acuerdo con todas las normas especiales con el fin de evitar la revictimización y la impunidad.
La diputada de ARENA, Marcela Villatoro, anunció que el día lunes presentará reformas para “evitar que nuestro sistema judicial siga cometiendo errores, como el fallo que favorece al magistrado Jaime Escalante”. “El Estado debe velar por los derechos de los niños, y más cuando se cometen delitos sexuales”, escribió en su cuenta de Twitter.
En marzo de este año, la Asamblea Legislativa le quitó el fuero (inmunidad) a Escalante para que enfrentara la acusación de agredir sexualmente a la niña de 10 años. Según la Fiscalía, Escalante llegó, se acercó a la menor, la tomó de los hombros y “le tocó la vulva”. Al ser descubierto, trató de escapar y dejó abandonado el vehículo.
Guillermo Arévalo Domínguez, presidente de la Cámara, explicó que los tres magistrados concordaron en que la acusación de la FGR podría ser una falta regulada en el numeral 4 del artículo 392 del Código Penal, llamado “Actos contrarios a las buenas costumbres y al decoro público” e impone entre 10 y 30 días multa por los “tocamientos impúdicos” en aglomeraciones o en lugares públicos.
Sostuvo que el Código Penal faculta a las Cámaras de lo Penal a juzgar solo delitos cometidos por funcionarios y no faltas, como en este caso. Por eso se declararon incompetentes y enviaron el proceso al Juzgado de Paz de Tonacatepeque.
El fiscal general, Raúl Melara, anticipó que apelarán la decisión de los magistrados.
“Este tipo de resoluciones representa un retroceso para el país, que ha avanzado en la regulación de normativas”. ORGANIZACIONES, COMUNICADO
“Todo acto violatorio a la integridad sexual de la niñez debe de ser atendido por el sistema judicial con máxima prioridad”. CONNA, COMUNICADO
“Impulsaré las reformas necesarias para evitar que nuestro sistema judicial siga cometiendo errores, como el fallo que favorece al magistrado Jaime Escalante”. MARCELA VILLATORO, DIPUTADA DE ARENA