La Prensa Grafica

Valdivieso: “La comparació­n que hizo la Cámara de lo Penal es un poco absurda”

La diputada conoció el expediente de la FGR y señaló que sustentaba el delito.

- Beatriz Benítez politica@laprensagr­afica.com

““Como fiscal cuando yo vi todo el expediente las declaracio­nes de los vecinos coincidían”. PATRICIA VALDIVIESO DIPUTADA POR ARENA

La diputada Patricia Valdivieso, del partido ARENA, aseguró que dado que fungió como fiscal en la comisión de antejuicio contra el magistrado Jaime Escalante Díaz tuvo acceso al expediente presentado por la Fiscalía General de la República y señaló que en él se encontraba­n las declaracio­nes de la víctima y testigos.

“Como fiscal cuando yo vi todo el expediente, que no era pequeño y todas las declaracio­nes de los vecinos coincidían y encajaban, pero cuando llegábamos a ver las diferentes versiones que había dado el magistrado a la seguridad del centro judicial de Santa Tecla esa misma noche o a su compañera de trabajo al día siguiente no eran coherentes”, señaló la legislador­a.

Según expresó Valdivieso, en la entrevista televisiva Frente a Frente la Fiscalía hizo referencia al artículo 161 del Código Penal y manifestó que aplicaba ante los hechos relatados en el expediente, puesto que expresa que “la agresión sexual realizada con o sin violencia que no consistier­e en acceso carnal, en menor de quince años de edad o en otra persona, aprovechán­dose de su enajenació­n mental, de su estado de inconscien­cia o de su incapacida­d de resistir, será sancionado con prisión de ocho a doce años”.

Además, según expresó Valdivieso la FGR también agregó como agravante el artículo 162 del citado código que expresa que “Los delitos

“Es importante que este suceso que ha pasado con la niña abra los ojos a la ciudadanía”. MARCELA VILLATORO DIPUTADA POR ARENA

a que se refieren los cuatro artículos anteriores serán sancionado­s con la pena máxima correspond­iente, aumentada hasta en una tercera parte (24 a 36 años), cuando fueren ejecutados por autoridad pública o por cualquier otra persona que tuviere bajo su custodia a la víctima (según el inciso dos)”.

“La comparació­n que hizo la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador al referirse al 392 es un insulto a la inteligenc­ia de la población salvadoreñ­a. La comparació­n es un poco absurda”, expresó Valdivieso.

Ante esto la también diputada por ARENA, Marcela Villatoro señaló que debido a este caso se ha pedido que se reforme el Código Penal y se incluya el “tocamiento impúdico”, que está tipificado actualment­e como falta, como delito que pueda tener hasta 12 años de prisión.

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CONSIGNA. PARTICIPAN­TES DE LA PROTESTA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL CASO DEL MAGISTRADO JAIME EDUARDO ESCALANTE ASEGURAN QUE “TOCAR NIÑAS SÍ ES DELITO”.

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