EMPRESAS EXPUESTAS A RIESGOS DEL LAVADO
Expertos advirtieron que existe un riesgo de contagio ante las actividades ilícitas y las redes de lavado. Instaron a las empresas a hacer las cosas bien e identificar a tiempo las conductas y operaciones sospechosas.
El lavado de dinero es un mal que afecta a las economías, atenta contra la institucionalidad de los gobiernos y puede llevar a la muerte civil de empresas que resultan salpicadas por operaciones con dineros ilícitos, advirtieron expertos que participaron este jueves en el foro “Nuevos requerimientos de la Ley contra el Lavado de Dinero”, organizado por HUB-LPG y Auditaxes El Salvador.
La actividad arrancó con la ponencia de Miguel Serafín, jefe del Departamento de Conductas y Gobierno Corporativo de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), pero quien es también el delegado por esta institución para el estudio del anteproyecto de Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, que está actualmente en estudio ante la Asamblea Legislativa.
El funcionario explicó la legislación que actualmente aplica a las empresas en cuanto a la prevención del lavado, y advirtió que la regulación, tal cual está, aplica cuando se mueve dinero fruto de actividades ilícitas, que van desde delitos como narcotráfico y secuestros, hasta sobornos y evasión fiscal. Afirmó que las empresas no pueden alegar desconocimiento. “Se enfrentan a consecuencias graves, la muerte de la empresa por el tema reputacional”, indicó.
La gestión del riesgo en materia de lavado no es un fin en sí mismo, sino un medio para preservar el valor de una empresa y la estabilidad del sistema financiero en su más amplio sentido, aseguró.
En El Salvador, las disposiciones legales vigentes en materia de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo son: Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera (UIF), Reglamento de la Ley contra el Lavado de Dinero y de Activos, Normas Técnicas para la Gestión de los Riesgos de Lavado de Dinero y de
Activos y de Financiamiento al Terrorismo (NRP-08), Ley Especial contra actos del Terrorismo, y la Ley de Proscripción de Pandillas.
La Ley contra el Lavado es aplicable, según se establece en la misma, a cualquier persona natural o jurí
“Está en riesgo la reputación de la empresa, pero también del sistema. Está en juego la imagen del país, de que no se toleran este tipo de movimientos”.
MIGUEL SERAFÍN,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONDUCTAS Y GOBIERNO CORPORATIVO DE LA SSF
“Si no se frena, llega un momento en el que la economía delictiva crece más que la economía normal, y esto menoscaba a los países”.
XÓCHITL PADILLA,
ABOGADA MEXICANA ESPECIALIZADA EN LEYES ANTILAVADO
“Hay un riesgo de contagio, las empresas no pueden alegar desconocimiento, deben estar atentas”.
MARIO MENJÍVAR,
ESPECIALISTA EN PREVENCIÓN DEL LAVADO Y DIRECTOR DE CONSULTORÍA DE AUDITAXES EL SALVADOR
dica aun cuando esta última no se encuentre constituida legalmente, quienes deberán presentar la información que les requiera la autoridad competente, que permita demostrar el origen lícito de cualquier transacción que realicen.
Serafín comentó que una de las formas en las que la ley establece que las empresas prevengan el lavado, es la debida diligencia, es decir, implementar procedimientos y controles para valorar, identificar y verificar la identidad de sus clientes y beneficiarios finales, y monitorear sus operaciones.
“La ley incluye sanciones, responsabilidad civil y penal. Las sanciones aplican, por ejemplo, por negligencia, falta de cuidado, por la llamada impericia, o falta de preparación para poder detectar operaciones sospechosas, y también por ignorancia”, acotó.
Pero además de los riesgos para las empresas, el lavado representa un problema grave para las economías en su conjunto. “Estas actividades pueden menoscabar la integridad de las instituciones y los sistemas financieros, desalentar la inversión extranjera y distorsionar los flujos internacionales de capital.
Pueden incidir negativamente en la estabilidad financiera y la evolución macroeconómica de un país al disminuir el bienestar, al desviar recursos de actividades económicas más productivas e incluso al generar efectos de contagio desestabilizadores en las economías de otros países”, dijo.
Por su parte, Mario Menjívar, experto en prevención de lavado de Auditaxes El Salvador, señaló que hay pasos que las empresas locales deben dar para evitar futuras sanciones, por ejemplo, completar los procesos de registro ante la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía General de la República (FGR).
“Existe la ventaja de que por el momento no se está sancionando, al UIF solo está enviando notificaciones a las empresas que no han completado el proceso, entonces hay tiempo de hacerlo”, indicó el especialista.
Finalmente, se tuvo la participación de la Dra. Xóchitl Padilla, abogada penalista mexicana especializada en las leyes contra el lavado y el financiamiento del terrorismo. También fue candidata a fiscal anticorrupción de su país, y ha escrito varios libros sobre la materia.
La abogada habló sobre la experiencia de su país, y afirmó que las leyes implican una carga mayor sobre las empresas formalmente establecidas, que sobre los verdaderos criminales. “Ustedes me preguntarán, si las leyes en México son tan estrictas, ¿por qué no vemos narcos presos? Pues porque las leyes no están hechas para ellos, sino para ustedes”, afirmó.
La especialista coincidió en que las compañías deben enfocarse en llevar sus operaciones en orden y no prestarse a operaciones sospechosas, por más que parezcan buenos negocios. “Lo que enfrentan es un riesgo de muerte civil, que su empresa nunca pueda volver a participar en una licitación, que nadie quiera hacer negocios con ustedes, y esto en el menor de los casos, porque también está la extinción de dominio, y el Estado puede disponer de sus bienes, incluso antes de que haya una sentencia en contra de ustedes”, aseguró.
En las legislaciones contra el lavado, reiteró la Dra. Padilla, la presunción es inversa: es el acusado el que debe comprobar el origen lícito de sus fondos, por lo que la buena gestión se vuelve doblemente necesaria.