VUELVE LEY DE EMERGENCIA
LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL DEJÓ SIN EFECTO EL DECRETO EJECUTIVO 19, PERO REVIVIÓ LEY DE EMERGENCIA. URGE A EJECUTIVO Y LEGISLATIVO ASUMAN SUS DEBERES. SALA REVIVE EL DECRETO 593
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió anoche revivir el decreto legislativo 593, que contiene la Ley de Emergencia Nacional por la Pandemia de covid-19, en tanto que ordena a la Asamblea Legislativa y al Órgano Judicial que cumplan con sus “obligaciones constitucionales, procurando los consensos necesarios para la creación de una normativa que garantice los derechos fundamentales de los habitantes en esta pandemia”.
La Ley de Emergencia, cuya vigencia venció el sábado pasado, permanecerá activa hasta el 29 de mayo, “salvo que antes se cuente con una nueva ley”, según la resolución de la Sala.
El fallo, además, suspendió “provisionalmente” la vigencia del decreto ejecutivo 19, “mientras dure la tramitación del presente caso”, que es una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por Jonatan Mitchel Sisco Martínez contra el Decreto Ejecutivo 18.
La resolución de la Sala aclara que mientras haya un fallo definitivo sobre la constitucionalidad de los decretos ejecutivos 18 y 19 el artículo 24 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres continúa vigente. Sin embargo, el fallo podría examinar el alcance de esta normativa.
El artículo 24 de esa ley es la disposición que permite al presidente de la República decretar estado de emergencia.
La Sala de lo Constitucional quedó en medio del debate tras el vencimiento de la Ley de Emergencia y el intento del presidente Nayib Bukele de suplir el estado de emergencia a través de un decreto ejecutivo, mismo que fue suspendido por la Sala de lo Constitucional.
Para garantizar la cuarentena, el presidente emitió otro decreto ejecutivo, el 19, para continuar la emergencia. Este es el
decreto ejecutivo que ahora la Sala también ha suspendido.
Sin embargo, mantiene vigente la Ley de Emergencia, que era lo que había solicitado el presidente Bukele a la Asamblea Legislativa. La reviviscencia de una ley no había sucedido en el país desde los años 80 del siglo pasado.
“Aclárase que a la Sala de lo Constitucional no le corresponde afrontar una pandemia, sino solo, y en el marco de sus competencias, controlar que en el combate a ella se respete el Estado de Derecho y, a la vez, se tutelen o protejan los derechos fundamentales que posee toda la población”, señala el fallo, en referencia a los artículos 2 y 65 de la Constitución.
Además, los magistrados de la Sala de lo Constitucional hacen un “llamado para que para la Asamblea Legislativa y el Órgano Ejecutivo asuman con prontitud sus deberes y las demás competencias que la Constitución les atribuye, particularmente en relación con la protección de los derechos fundamentales”.
“En lugar de procurar la protección de derechos constitucionales, privilegia y extiende en el tiempo los poderes extraordinarios de un Órgano Ejecutivo caracterizado por el autoritarismo, la opacidad y la masiva violación de derechos constitucionales”. Enrique Anaya, ABOGADO CONSTITUCIONALISTA RESPALDO LEGAL El gobierno presentó una propuesta de prórroga por 15 días de la vigencia de la Ley de Emergencia, pero los diputados no incluyeron la iniciativa y programaron una plenaria hasta dos días después del vencimiento de la normativa.