Sala reafirmó la división de poderes en 2020
En el 2020 la Sala de lo Constitucional admitió demandas y habeas corpus que causaron impacto en los derechos de los salvadoreños.
a Sala de lo Constitucional tuvo mucho trabajo en 2020 al admitir demandas y emitir resoluciones que reafirmaron la división de poderes en el país y que sirvieron para resolver varias controversias.
LLa Sala admitió la demanda de amparo presentada por varios salvadoreños que se encontraban en el extranjero. Además, emitió como medida cautelar para dejar ingresar a los varados.
En dos ocasiones más el Gobierno central ha evitado que los salvadoreños entren al país. Primero si no presentaban prueba PCR negativa y la segunda si provenían del Reino Unido y Sudáfrica. Nuevamente, la Sala se pronunció y en ambos casos dijo que el Ejecutivo no puede evitar la restricción de salvadoreños en el país.
En este último caso, la Sala aclaró que “en caso de inobservancia de la medida cautelar adoptada por parte de alguna autoridad, en el sentido de insistir en inadmitir el ingreso de salvadoreños o extranjeros residentes definitivos por cualquier vía se certificará de manera inmediata a la Fiscalía General de la República por posible cometimiento de delito”.
INTERVENCIÓN MILITAR
El 9 de febrero el Consejo de Ministros convocó a sesión extraordinaria a la Asamblea Legislativa para que se aprobara un préstamo del BCIE para financiar el Plan Control Territorial.
La abogada Ruth Eleonora López interpuso una demanda de inconstitucionalidad por ello y ganó. “La Sala de lo Constitucional ha sido el contrapeso más importante e intenso sobre aquellas decisiones del Ejecutivo que han estado al margen del marco constitucional salvadoreño, como la convocatoria del Consejo Ministros a la Asamblea que llevó a su intervención militarizada y el llamado a la insurrección por Bukele como mecanismo de coacción para la aprobación de un préstamo”, aclaró.
“Existe una apertura institucional y sensibilidad por la justicia por parte de la Sala de lo Constitucional”. Saúl Baños, DIRECTOR EJECUTIVO FESPAD.
Se presentó un habeas corpus por la privación de libertad de personas internadas en centros de contención creados para la emergencia del covid-19. La sala admitió la demanda y como medida cautelar decretó que “el presidente de la República y las autoridades de la Policía Nacional Civil tienen constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas que incumplan la orden de cuarentena domiciliaria”.
Una niña de 10 años presentó un habeas corpus para que agilizaran un proceso que tenía su mamá y que se había suspendido por la pandemia. Este sentó un precedente en los derechos de los niños. La Sala ordenó al juez que se siguiera el proceso en libertad y la madre fue liberada.