MÁS SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
La Cádiz actual fue llamada Gádir por los fenicios, de ahí lo de gaditanos.
Ya dijimos que la Constitución de Cádiz de 1812 estuvo vigente en territorio salvadoreño, decretada por las Cortes llamada así en España la reunión de todos los diputados. Fue una Constitución en la cual para su elaboración se dieron fuertes pero también académicos debates entre los liberales llamados también innovadores influidos por la ilustración y los absolutistas o conservadores. Con todo no existió un antagonismo pleno de unos para otros, sino que en ocasiones coincidían en la toma de decisiones.
En ella se estableció que los diputados no podían deliberar en presencia del rey; que para la apertura de las Cortes entraría el rey a la sala, sin guarda, y que no podía impedir la celebración de ellas, suspenderlas ni disolverlas. ¡Vaya cosas que se les ocurrió! También se estableció que en cada provincia habría una diputación provincial electa cada 2 años. Entre sus atribuciones estaba dar parte a las Cortes de las infracciones a la Constitución que notaren en la provincia. La diputación instalada en Guatemala en septiembre de 1812 contaba entre sus miembros a JM Delgado y JS Cañas. Se quejaron a Cortes que el jefe político Bustamante y
Guerra dilató la instalación de la diputación y “no se conoce la libertad de imprenta porque ha prevenido a los impresores que nada impriman sin su licencia”. Aun con la Constitución vigente continuaba encarcelado en Guatemala, entre otros, el padre Manuel Aguilar quien fue liberado por la presión de manifestaciones a su favor.
Fernando VII llamado “el deseado” durante la ocupación francesa, por ansiarse su vuelta al trono; al recuperarlo y anular la Constitución, fue llamado “el aborrecido” y German Arciniegas con palabras fuertes lo calificó como “el imbécil”. No soy partidario de palabras de ese tipo a los altos funcionarios –y en verdad a nadie– pero aquellos con sus actuaciones hacen que se utilicen esos epítetos.
El rey declaró la Constitución “sin ningún valor ni efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubiesen pasado jamás tales actos”. Agregó: “Las medidas que se tomarán, harán conocer a todos (que no soy) un déspota ni un tirano sino un REY y un padre de sus vasallos, (ya que) aborrezco y detesto el despotismo”. Concluyó: “Os juro y prometo a Vosotros verdaderos y leales españoles, cualquiera que trate de impedir este decreto, lo declaro reo de lesa majestad y se le imponga la pena de vida. Yo el Rey”. Al volver el absolutismo se disuelven las diputaciones provinciales y se encarcela a patriotas, entre ellos MJ Arce a quien le niegan que su esposa le lleve alimentos especiales por su enfermedad. Fernando decretó indulto general en 1816, pero el jefe político Bustamante y Guerra se negó a liberar a los reos hasta el año siguiente. Se cumplía lo de “acato pero no cumplo”, un divorcio entre el derecho y el hecho.
Por un movimiento del general Rafael del Riego el rey aceptó nuevamente la Constitución en 1820 declarando: “El clamor general del pueblo me convencieron que era preciso retroceder del camino que incautamente había tomado”. Fernando reconoció ser un incauto. Vigente de nuevo la Constitución, se reinstalan las diputaciones provinciales y al amparo de la libertad de expresión surge el primer periódico en Guatemala: “El Editor Constitucional”. La historia es de avances y retrocesos. El “corsi e ricorsi” de Vico.
“Las medidas que se tomarán, harán conocer a todos (que no soy) un déspota ni un tirano sino un REY...”.