ANEP DICE QUE LA REELECCIÓN ES INCONSTITUCIONAL
A CINCO DÍAS DEL ANUNCIO DE BUKELE, QUE ASPIRA A COMPETIR POR UN SEGUNDO MANDATO SUCESIVO, VARIOS ACTORES, ENTRE ELLAS LA ANEP SE HAN PRONUNCIADO. SEÑALAN QUE LA REELECCIÓN ESTÁ PROHIBIDA EN EL ARTICULADO CONSTITUCIONAL.
LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA PROHÍBE LA REELECCIÓN EN SIETE ARTÍCULOS, SEGÚN LA ANEP. SIN EMBARGO, LA SALA CAMBIÓ UNA DE ESTAS DISPOSICIONES.
La Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), se pronunció ayer lunes sobre el anuncio del presidente salvadoreño, Nayib Bukele, de buscar reelegirse para un segundo mandato en las elecciones generales de 2024, pese a que la reelección presidencial inmediata está prohibida en la Constitución de la República.
Cinco días después del anuncio de Bukele, lanzado en cadena nacional el pasado 15 de septiembre durante la conmemoración de la independencia, la ANEP emitió un comunicado en el que urge el respeto a las leyes y asegura que la Constitución salvadoreña le prohíbe postularse como candidato.
“Respetar las leyes de la república es fundamental para que prevalezca el orden democrático, la separación de poderes, el respeto de los derechos y el bienestar social”, publicó la principal gremial empresarial del país, que representa a más de 15 mil empresas formales.
La reelección presidencial está prohibida en El Salvador desde 1841; pero desde el 3 de septiembre de 2021, magistrados impuestos por el partido de Gobierno en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), emitieron un fallo que da luz verde a Bukele para postularse un segundo período.
En un análisis jurídico colgado en su sitio web, la ANEP es contundente al señalar que “la Constitución de El Salvador prohíbe la reelección presidencial inmediata”. Esta es la primera vez que la gremial se pronuncia directamente sobre el tema.
PROHIBIDO EN 7 ARTÍCULOS
El fallo de la Sala, condenado dentro y fuera del país, reinterpreta el artículo 152 de la Constitución, el cual establece que “no podrán ser candidatos a Presidente de la República: el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del periodo presidencial”.
Con esta norma, la Sala interpretó que “el ‘periodo inmediato anterior’ en reali
dad hace referencia al periodo presidencial previo al que se pretende ser candidato a la Presidencia”, es decir, el período de Salvador Sánchez Cerén.
Para la ANEP, sin embargo, “son siete las disposiciones constitucionales que expresamente contienen esta prohibición, es en ese sentido que fueron aprobadas por los constituyentes, y así lo ha interpretado la Sala de lo Constitucional en dos conformaciones distintas”.
Luego, diputados de oposición en la Asamblea Legislativa también condenaron las aspiraciones de Bukele para un segundo mandato consecutivo. La diputada Anabel Belloso, del FMLN, recordó que la decisión del presidente “es ilegal, por más que se trate de justificar”.
“Era algo que ya todos sabíamos, y solo faltaba que el presidente lo dijera de su boca, que está cometiendo un delito”, señaló la efemelenista.
Mientras tanto, el diputado de ARENA, Ricardo Godoy, consideró que el anuncio de Bukele “nada más fue la concreción de lo que supimos desde el 1 de mayo del año 2021, cuando se toma posesión en la Asamblea Legislativa y se destituye en el momento al fiscal general y a una sala de lo Constitucional”.
“No podemos solamente estar repitiendo que no es posible (la reelección presidencial inmediata), porque el presidente y todos los funcionarios lo saben muy bien. No hay que ser un docto en el área legal para entender que la Constitución lo prohíbe, en seis o más artículos”, agregó Godoy.