“REFORMAS A LEY DE CRIMEN ORGANIZADO SON UN RETROCESO DE 50 AÑOS”
EXPERTOS CONSIDERAN QUE LA REFORMA NO TUVO UN ANÁLISIS JURÍDICO PERTINENTE Y QUE ESTO DA PASO A VARIAS AMBIGÜEDADES GRAVES. CONSIDERAN ADEMÁS QUE DESBARATA TODAS LAS GARANTÍAS DEL SISTEMA ACUSATORIO. “Modifican el término de juzgados por tribunales con un
as reformas realizadas a la Ley de Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja afectan derechos de víctimas e imputados, aseguraron a LA PRENSA GRÁFICA un juez y dos abogados penalistas especialistas en la materia.
Para un juez especializado en crimen organizado, quien pidió no publicar su nombre por medidas de seguridad, la propuesta retrocede los procesos hasta 50 años, debido a que la reforma estipula que deben tomarse en cuenta las entrevistas de los policías y fiscales.
“Atrofian los procesos y los hacen retroceder 40 o 50 años, al introducir que se valoren las entrevistas policiales o fiscales. Eso lo que hace es potenciar las diligencias escritas sin control. Es decir, los jueces aleccionados a la postre solo van a valorar lo que se consigne en las diligencias extrajudiciales”, aseveró.
Dijo además que con estas reformas los procesos estarán abiertos “hasta que se les antoje, igual que la detención”, y que han puesto plazos que no serán observados porque “todas las resoluciones tienen efectos suspensivos si se apela”, lo cual significaría que no serán ejecutadas hasta que una cámara especializada decida.
Otro punto que preocupa al juez es la “pésima técnica legislativa”, pues cambian el término de “juzgados” por “tribunales”. “Modifican el término de juzgados por tribunales con una intención morbosa y tendenciosa, para a que los mismos juzgados que introdujeron para el régimen de excepción, conozcan de la vista pública. Estos jueces que fueron aleccionados para decretar detención, ahora son investidos para condenar”, aseguró.
Además mencionó que estos cambios alteran el debido proceso al violentar la garantía del “juez natural”. “Son jueces ad-hoc… creados solo para condenar”, aseveró el juzgador.
LNO HAY DEFENSA EQUITATIVA
Sobre este mismo punto, la abogada penalista Marcela Galeas aseguró que con las reformas se perderán derechos del imputado, ya que no hay un debido proceso al no contar con la presencia del acusado, lo cual es necesario para “el ejercicio de la defensa porque le da insumos al juez para fundamentar su decisión y para la transparencia del proceso”.
Galeas dijo que estas reformas le dan a la Fiscalía General de la República (FGR) la potestad de realizar peritajes sobre la persona que está siendo perseguida, aunque esté ausente y sin que tenga un persona que lo defienda. “Deja básicamente la producción probatoria inclinada hacia el ente acusador, no estaríamos ante una justicia equitativa”, aseveró.
Sobre las víctimas en el procedimiento abreviado, dijo que es preocupante que no es necesario que estén presentes durante el proceso y que es necesario que esto no
“El artículo 6 es demasiado ambiguo. No sé a qué se refieren con diligencias y el artículo no proporciona criterios para autenticar lo recopilado”.
suceda porque se debe perseguir el “trato humano, la dignificación y visibilidad” de cada participante en el proceso judicial.
Oswaldo Feusier, también abogado penalista, dijo que le preocupa que “si el testigo no llega a la vista pública, sencillamente la reforma permite dar valor a un acta que levantaron los policías al testigo sin mayor presencia del juez, el imputado o el defensor... es una total y completa vulneración del derecho de defensa”.
Agregó que estas reformas desbaratan las garantías del sistema acusatorio y el principio de contradicción, volviendo al “sistema inquisitivo”, donde lo que importa es lo que se haga en el proceso de instrucción y que quede constancia de ello en el acta. “Es el fin del principio de oralidad”, exclamó.
La reforma también establece que se crearán juzgados de crimen organizado y que estos también conocerán los delitos cometidos por menores de edad en esta materia. Para Feusier esto vulnera el principio de especialidad de la legislación de adolescentes, ya que los tribunales especiales tienen una conformación con equipo especializado en la dimensión social y psicológica del conflicto, y los nuevos tribunales que se crearán no tienen esta especialización.
Juez Especializado EN CRIMEN ORGANIZADO