Cuestionan tiempo de detención provisional en caso alcaldesa
Según penalistas, el período de detención de 15 días que se le ha aplicado a la funcionaria aplicaría solamente para delitos relacionados con pandillas, no con los delitos que se le imputan. SOBRE LA APROPIACIÓN O RETENCIÓN DE CUOTAS LABORALES
a aplicación del período de detención provisional en el caso de la alcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, quien este día cumple ya dos semanas sin que se haya presentado un requerimiento en su contra en un Juzgado de Paz, es considerado arbitrario por fuentes profesionales en la materia. La funcionaria es acusada de incumplimiento de deberes y retención de cuotas laborales.
Abogados penalistas han analizado que los delitos abarcados en los decretos del régimen de excepción son aquellos relacionados a estructuras de pandillas y que los hechos atribuidos a la funcionaria no tienen relación con estas estructuras.
“El caso de la alcaldesa es distinto, porque obviamente no es algo relacionado con pandillas, es algo relacionado con corrupción. Entonces no deberían de aplicar el término de los 15 días para ser presentada ante un juez competente para conocer de la audiencia”, dijo un abogado penalista que pidió no ser identificado por temor a represalias en su labor.
LAgregó que la mayoría de casos comunes que han llegado a los tribunales han sido presentados en un plazo de 72 horas y que han sido pocos los que han sobrepasado esa cantidad de tiempo.
“Fiscalía y Policía están respetando ese plazo, pero en este caso (de la alcaldesa) no sé si hubo otro que le aplicaron ese término, pero han hecho arbitrario la aplicación del régimen de excepción a esas personas”, explicó el abogado.
Fuentes judiciales confirmaron a LA PRENSA GRÁFICA que la representación fiscal presentó a inicios de 2023 una acusación en contra de la alcaldesa por el delito de resistencia, pero el juzgado pidió 245
El patrono, empleador, pagador institucional, o cualquier otra persona responsable de la retención, que se apropiare o que retuviere ilegalmente fondos, contribuciones, cotizaciones, cuotas de amortización de préstamos de los trabajadores o cuentas destinadas legalmente al Estado, instituciones de crédito o bancarias, intermediarios financieros bancarios o no bancarios (...) será sancionado con prisión de cuatro a ocho años
a los fiscales que justificaran ese delito. “Solamente querían ganar tiempo presentando ese delito ya que argumentaron que la alcaldesa se había negado a entregar su celular, pero sabemos que eso no puede ser calificado como resistencia”, aseguró la fuente.
El abogado penalista Otto Flores considera que el tiempo que ha tardado Fiscalía para presentar el requerimiento está dentro del marco de la ley, pero es posible que aún no han encontrado “indicios suficientes” para fundamentar su acusación en contra de Montano.
“Creo que la Fiscalía está actuando de esta manera debido a que no ha encontrado todavía suficientes indicios para fundamentar la hipótesis acusatoria, porque si no, ya tendría que haberse presentado el requerimiento acusatorio al Juzgado de Paz competente”, indicó.
La alcaldesa debería ser intimada a más tardar mañana, fecha en la que vencen los 15 días de detención provisional.