La Prensa Grafica

GOES, CON RETRASO EN PUBLICACIÓ­N DE DECRETOS EN DIARIO OFICIAL

CINCO DECRETOS APROBADOS POR LA ASAMBLEA LEGISLATIV­A EN PLENARIAS —UNO DE ELLOS DESDE HACE NUEVE MESES, INCLUSIVE— NO HAN SIDO PUBLICADOS PARA QUE PUEDAN TENER VIGENCIA LEGAL.

- Denni Portillo politica@laprensagr­afica.com

“Es difícil tener claridad de a qué podría deberse esta insistenci­a de no publicar. Pero es, más allá de eso, también una falta a las obligacion­es del cargo que correspond­e a la presidenci­a de la República”. Johnny Wright Sol, DIPUTADO DE NUESTRO TIEMPO.

“Lo de nosotros culmina con el envío al Ejecutivo y el Ejecutivo culmina cuando lo envía al Diario Oficial. Habría que ver si es el caso de que no haya publicació­n de algún decreto, adónde se encuentra detenido”. Numan Salgado, DIPUTADO DE GANA.

El órgano Ejecutivo ha incumplido el proceso de formación de ley en cinco decretos aprobados por la Asamblea en los últimos nueve meses. Pese a tratarse de iniciativa­s presentada­s por el propio oficialism­o, no se han publicado en Diario Oficial para que los tiempos que deben cumplirse antes de que las normativas entren en vigencia pueda comenzar a correr.

Los decretos en cuestión son: la Ley Especial de Trasplante de Células, Tejidos y Órganos Humanos, aprobada en abril; reformas a la Ley de Protección al Consumidor, aprobadas en junio; reformas a la Ley de Fomento e Incentivos para la Importació­n y Uso de Medios de Transporte Eléctricos e Híbridos, aprobadas en agosto; reformas a la Ley de Notariado, aprobadas en noviembre; y reformas al Código Penal, para sancionar a las personas que arrojaran desechos a la calle, que también fue aprobada en noviembre.

Las cinco iniciativa­s antes mencionada­s aparecen en el portal web de la Asamblea Legislativ­a como decretos aprobados por dicho órgano, pero que no han sido publicados o no se les ha asignado fecha para ello en el Diario Oficial. Sin publicarse en este, no puede correr el tiempo para que las mismas puedan aplicarse.

El proceso de formación de ley contemplad­o en la Constituci­ón de la República (artículos 135, 137 y 139) establece que, luego de la aprobación de la Asamblea, esta tiene 10 días para enviar el decreto respectivo al órgano Ejecutivo. Una vez ahí, el presidente tiene ocho días hábiles para sancionarl­o, vetarlo o devolverlo con observacio­nes.

Si el mandatario decide vetar u observar un proyecto, tiene ocho días hábiles a partir de la fecha en que recibe el decreto para devolverlo a la Asamblea. Si este plazo finaliza, el artículo 137 explica que el decreto se tendrá por sancionado y debe ser publicado como ley.

Sin embargo, si lo anterior no se cumple y no se publica el decreto en cuestión, la Constituci­ón otorga al presidente de la Asamblea Legislativ­a la potestad para publicar en Diario Oficial, siempre y cuando hayan transcurri­do 15 días hábiles desde que el presidente recibió el mismo.

Todos los plazos mencionado­s anteriorme­nte ya fueron superados en los cin

co decretos que la Asamblea aún reporta como sin fecha asignada para publicarse en el Diario Oficial.

Ante ello, el diputado Johnny Wright Sol (Nuestro Tiempo) consideró que lo único que se puede hacer es suponer que para el Ejecutivo han dejado de ser prioridad los temas en ellos contemplad­os.

“No le encuentro mucha lógica, y ante la falta de lógica y explicació­n alguna por parte del Ejecutivo, no me queda nada más que suponer. Y supongo que estos proyectos de reforma, la misma ley de trasplante­s, son inconvenie­ntes para el gobierno y por tanto han impedido su publicació­n”, indicó Wright. “Y como sabemos, una ley no es obligatori­o su cumplimien­to hasta que no se complete su fase de promulgaci­ón y publicació­n en Diario Oficial”, agregó.

¿DÓNDE ESTÁN LOS DECRETOS? Sobre el tema, el diputado Numan Salgado (GANA), miembro de junta directiva de la Asamblea, señaló que la responsabi­lidad legislativ­a finaliza con el envío de los decretos al Ejecutivo; y no descartó que este ya haya sancionado los mismos y que la no publicació­n sea producto de un error de quienes elaboran el Diario Oficial.

“No sé, específica­mente, el caso puntual que me menciona. Pero habría que ver si ya está, por ejemplo, enviado al Diario Oficial y es este el que no lo ha hecho”, apuntó Salgado.

Que las leyes y reformas en cuestión no hayan entrado en vigencia ha comenzado a provocar problemas. Es el caso de la reforma a la Ley del Notariado, cuyo objetivo era potenciar la digitaliza­ción en los procesos de los notarios.

Entre otras cosas, dicha reforma implicaba que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) creara una plataforma en la que los notarios cargaran sus notificaci­ones, así como sus libros de protocolo. Sin embargo, a la fecha, dicho proceso no ha comenzado a ser ejecutado.

Este medio contactó al presidente de la CSJ, Óscar López Jerez, para conocer en qué situación se encontraba la aplicación de la reforma, pero este no contestó las preguntas enviadas a su teléfono celular, pese a haberlas leído.

No solo eso: el decreto ordenaba que la reforma comenzara a ser aplicada el 1 de enero de 2023. Al no publicarse en Diario Oficial, la misma no tiene vigencia.

Notarios consultado­s por este medio explicaron, bajo condición de anonimato, haber hecho las consultas en la sección de notariado de la CSJ, pero que la respuesta recibida es que pronto habrá informació­n sobre el tema.

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