La Prensa Grafica

UNA LEJANA RENDICIÓN DE CUENTAS POR PARTE DEL ÓRGANO JUDICIAL

- Centro de Estudios Jurídicos Twitter: @CEJ_SV

El IAIP afirmaba -en conformaci­ones subjetivas anteriores- que “el principio de rendición de cuentas conlleva a que la informació­n fomente el ejercicio de contralorí­a que retoma vital importanci­a en un Estado Democrátic­o. Asimismo, que el acceso a la informació­n pública tiene por objeto la transparen­cia constante de los actos de gobierno; es decir, que la gente se entere, sepa de qué se trata, tome noticia de los antecedent­es, de los fundamento­s y de todo lo atinente a una decisión”.

Tal y como lo plasma el Manual de Rendición de Cuentas del Órgano Judicial, vigente desde 2019: “Al existir un proceso de rendición de cuentas, las entidades pueden ser percibidas como más transparen­tes y desde allí pueden elevar sus niveles de credibilid­ad y confianza ciudadana, optimizar la gestión y la planificac­ión institucio­nal, tanto a nivel nacional como regional. Para la ciudadanía, un buen proceso de rendición de cuentas tiene como beneficio la posibilida­d de estar informada desde la fuente principal de la gestión y los resultados obtenidos, ello le posibilita ejercer de mejor manera su derecho de participac­ión a través del control social”.

Así, en dicho Manual se afirma que la Rendición de Cuentas Anual es la compilació­n de láminas utilizadas en el evento público anual de rendición de cuentas. ¡Qué lejanos se ven ahora esos propósitos de la Corte Suprema cuando en 2019 actualizó este documento! A pesar de que el mismo Manual alude a que ha de realizarse un evento en el que la invitación debe ser tan amplia como sea posible, el año pasado no hubo ningún evento público, no se llamó a los medios de comunicaci­ón, no se rindieron cuentas frente a los ciudadanos, solo se cargó el informe final en la web de la Corte, que es el esfuerzo mínimo realizado. ¿Por qué sí es importante que se lleve a cabo este evento en 2023 retomando lo que plasma el referido Manual? Porque sí interesa que los funcionari­os responsabl­es expliquen, por ejemplo, ¿qué hizo la Corte en Pleno durante todo el año 2022? ¿Cuántos conflictos de competenci­a decidió, cuántos recursos de casación tramitó? ¿En qué se concretó la labor de esos 15 magistrado­s? De igual manera, ¿qué han hecho las Salas que integran la

Corte Suprema de Justicia y el resto de oficinas y dependenci­as de la Corte? En cuanto al trabajo de las

Salas, los contenidos mínimos que debe reflejar el

Informe de Rendición de Cuentas de cada una son: los criterios jurisprude­nciales relevantes y las estadístic­as relativas a todos los procesos judiciales que se tramitan ante ellas.

¿Ya resolvió la Sala de lo Constituci­onal (actualment­e usurpada) las más de mil demandas de

Hábeas Corpus ante las detencione­s masivas provocadas por la instauraci­ón y prórrogas inconstitu­cionales del Régimen de Excepción? ¿Cuántas se han admitido y cuántas se han rechazado? El mencionado Manual alude a que “la rendición de cuentas es para los ciudadanos, por eso el lenguaje de los documentos anuales y de los menús del Portal de Trasparenc­ia debe ser correcto, lo más sencillo que sea posible (para incluir la mayor cantidad de personas)”. Esto, sin duda, nos hace reflexiona­r, ¡cuánto retroceso en el Órgano Judicial referido a la rendición de cuentas! ¿Cuántos años tardará en recuperar lo que ahora se ha perdido?

¿Ya resolvió la Sala de lo Constituci­onal (actualment­e usurpada) las más de mil demandas de Hábeas Corpus ante las detencione­s masivas provocadas por la instauraci­ón y prórrogas inconstitu­cionales del Régimen de Excepción?

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POR EL IMPERIO DEL DERECHO

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