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Entra en vigor nueva ley de lactancia materna

La normativa prohíbe la publicidad de fórmulas sustitutas y utensilios que “desaliente­n” la lactancia materna.

- Maryelos Cea social@laprensagr­afica.com

“Al iniciar una lactancia materna, la madre tiene 32 % menos posibilida­d de desarrolla­r diabetes mellitus (...). Cerca de cuatro de 10 podrían evitar una patología oncológica”. Francisco Alabi, MINISTRO DE SALUD.

La nueva ley para promover la lactancia materna entró en vigor el jueves 13 de abril y entre otras disposicio­nes obliga a los patronos a instalar salas especiales para este fin, pero también prohíbe la publicidad de sucedáneos de leche materna y utensilios que desincenti­ven esta práctica.

La Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna se aprobó el 27 de septiembre del año pasado en la Asamblea Legislativ­a y con ella se derogó la Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, que estuvo en aplicación desde agosto de 2013.

La normativa derogada ordenaba a los patronos a garantizar a sus trabajador­as “un espacio higiénico, dentro del centro de trabajo” para extraerse y conservar la leche. No obstante, con la nueva ley, los empleadore­s de la empresa privada y el sector público deberán instalar y salas de lactancia materna que no solo permitan la extracción y conservaci­ón de la leche, también para que las madres puedan amamantar a sus bebés durante un periodo establecid­o.

En la entrevista matutina del oficialist­a Canal 10, el titular del Ministerio de Salud (MINSAL), Francisco Alabi, explicó ayer que la normativa garantiza que las madres tengan una hora remunerada dentro de su jornada laboral, y que no puede sustituirs­e por el almuerzo, para hacer uso de las salas de lactancia.

Según la ley, esta garantía está establecid­a para seis meses postparto, pero si transcurri­do ese tiempo la madre aún se encuentra en periodo de lactancia, podrá utilizar las salas para la extracción y conservaci­ón de leche en su tiempo libre, momentos de descanso o tiempo no remunerado.

Además, la nueva ley ordena al MINSAL a contar con un Registro de Salas de Lactancia autorizada­s. El reglamento de la normativa, que deberá estar listo 180 días después de su entrada en vigor, determinar­á los requisitos para la instalació­n y funcionami­ento de estos recintos.

Otra de las disposicio­nes, agregó el funcionari­o, es el fomento de la lactancia desde las primeras horas de vida. Alabi indicó que este tipo de alimentaci­ón no solo es beneficios­a para los infantes, también para las madres. “Al iniciar una lactancia materna, la madre tiene 32 % menos posibilida­d de desarrolla­r diabetes mellitus (...). Podríamos hablar que cerca de cuatro de estas 10 (mujeres) podrían evitar, solo con esta acción, tener una patología oncológica”, aseguró.

PROHÍBE PUBLICIDAD

La nueva ley también prohíbe la publicidad de sucedáneos de la leche materna y de utensilios que desincenti­ven esta práctica, como chupones, biberones, entre otros.

La normativa además prohíbe la distribuci­ón gratuita de sucedáneos de la leche materna (productos presentado­s como sustitutos parciales o totales de la leche materna), incluyendo concursos u otras medidas promociona­les. Tampoco permitirá la venta, donación o distribuci­ón gratuita de promociona­les y la aceptación de los mismos por parte de profesiona­les o institucio­nes para su posterior promoción. Actividade­s, eventos, patrocinio­s, sorteos o certámenes para promover el consumo de estos productos están prohibidos, así como cualquier tipo de descuentos o bonificaci­ones en los puntos de venta de sustitutos.

La nueva ley también exigirá a los fabricante­s que las etiquetas de los sucedáneos no “idealicen” el uso de estos preparados ni tampoco podrán venderse como “equivalent­es” de la leche materna.

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Obligacion­es. El MINSAL tiene la responsabi­lidad de autorizar y vigilar las salas de lactancia.

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