RETROCESOS EN EL COMBATE A LA IMPUNIDAD
Las decisiones sobre los fondos públicos deben estar sujetas al escrutinio público e institucional para asegurar el cumplimiento de las leyes y la efectiva utilización del recurso para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común, y el respeto y la promoción de la Constitución. Por ello, advertimos con preocupación recientes decisiones que permiten la falta de revisión legal sobre fondos públicos utilizados en actividades que además podrían ser contrarias al marco jurídico nacional.
En febrero de 2022, dos abogados solicitaron a la Corte de Cuentas de la República (CCR) que activase sus facultades constitucionales y legales relativas a la utilización de fondos públicos para la adquisición del denominado spyware pegasus y las contrataciones relacionadas. Posteriormente, la CCR declaró improcedente la petición argumentando que la CCR no es competente para conocer de lo denunciado.
Ante esta situación, los dos abogados iniciaron el juicio ante la Cámara Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró improponible la demanda interpuesta porque las decisiones impugnadas no constituían actos materialmente administrativos. Recientemente, esta decisión fue confirmada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sala de la Corte Suprema de Justicia puesto que la decisión de la CCR no es procedimiento administrativo, sino el ejercicio de la competencia de fiscalización de la Hacienda Pública. Por tanto, solo queda la vía del procedimiento constitucional para revertir esta situación y evitar el surgimiento de zonas exentas de control jurisdiccional, facilitando que los tribunales rehúsen su competencia para conocer las decisiones y generando una situación favorable a la impunidad y retrocesos para luchar contra la corrupción.
Estos hechos ocurren en un contexto de retrocesos en el combate a la impunidad. Por un lado, a inicios de 2023, El Salvador fue retirado de la Alianza para el Gobierno Abierto, una alianza mundial de 75 países y 106 gobiernos locales que trabajan con miles de organizaciones de la sociedad civil para construir gobiernos más abiertos, inclusivos y que rindan cuentas. El Salvador fue categorizado en estado inactivo por el Comité Directivo de la
Alianza después de no entregar un plan de acción de gobierno abierto en 2021 y 2022, no mostrar progreso en los compromisos de su plan de acción anterior, y no cumplir los requisitos de elegibilidad para miembros durante tres años consecutivos desde 2020.
Por otro lado, recientes estudios especializados concluyen que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción tiene un pobre estado de aplicación y cumplimiento en El Salvador, especialmente por la falta de independencia suficiente en los Órganos de Estado que dirigen la prevención y el combate a la corrupción. La Convención es el primer instrumento internacional anticorrupción adoptado por Naciones Unidas, ratificado por 170 países incluyendo a El Salvador, y establece estándares políticos y medidas necesarias para que cada país tome acciones y respalde iniciativas para combatir la corrupción.
A lo largo de la historia, la sociedad salvadoreña ha sido testigo de casos de corrupción y abuso institucional. Por ello, es indispensable crear y fortalecer los mecanismos de control sobre los fondos públicos, y vemos con profunda preocupación los hechos expuestos en esta columna ya que constituyen un retroceso en el combate a la impunidad y la corrupción en El Salvador.
Advertimos con preocupación recientes decisiones que permiten la falta de revisión legal sobre fondos públicos utilizados en actividades que además podrían ser contrarias al marco jurídico nacional.