AUTONOMÍA CUESTIONADA
La Constitución de la República (CR) establece en el artículo 203 que “los municipios serán autónomos en lo económico, lo técnico y lo administrativo y que se regirán por el Código Municipal”. Y en el artículo 207 especifica que “para garantizar el desarrollo y la autonomía económica de los municipios, se creará un fondo para el desarrollo económico y social de los mismos”.
La autonomía se define como “la potestad que dentro del Estado tienen los municipios para regirse mediante normas y órganos de Gobierno propios. Potestad de decidir la propia organización y ejercer funciones, públicas o privadas, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución y las leyes”. Y esto porque “los funcionarios ni tienen más facultades que las que expresamente les da la ley” (CR, art. 86).
Se entiende que el espíritu de la ley es el de asegurar que los funcionarios electos democráticamente para conformar concejos municipales deben contar con fondos necesarios para planificar y ejecutar proyectos orientados al bienestar de la comunidad. Los concejos municipales a elegir el domingo 3 de marzo tendrán dos fondos. El primero que representa el 1.5 % de los ingresos del Estado, el Fondo de Desarrollo Económico y Social (FODES), y el segundo, el Fondo de Apoyo Municipal para atender proyectos, actividades sociales o de servicios de los municipios, por un monto de cincuenta millones a distribuirse, única y exclusivamente, entre 243 municipios con menos de 73,000 habitantes.
El criterio de distribución es la población. Siete millones se distribuirán entre 59 distritos (antes municipios) que tienen menos de 5,000 habitantes. En promedio cada uno tendrá alrededor de $119,000. Veinte millones se distribuirán entre 105 distritos con una población entre 5,001 y 15,000 con un promedio para cada uno de $190,000. Once millones se distribuirán entre 49 distritos que tienen entre 15,001 y
30,000 habitantes con un promedio de $224,400 cada uno. Cuatro millones quinientos mil se distribuirán entre
15 distritos que tienen entre 30,001 y 45,000 habitantes con un promedio de $300,000 cada uno. Y siete millones se distribuirán entre 15 distritos con 45,001 y 73,000 habitantes con un promedio de $467,000 cada uno.
La ley de ese fondo limita el uso de los recursos (art.
3) exclusivamente “para el pago de servicios básicos (la recolección de desechos, alumbrado), para fines sociales (becas, proyectos de emprendedurismo, proyectos dirigidos a mujeres, proyectos para la juventud, proyectos de vivienda, programas de atención al adulto mayor) y otros relacionados a la mejora de los grupos sociales que atienden”.
Los futuros concejos municipales (44) tienen no más que 19 distritos con capacidad de generar fondos propios para responder a sus atribuciones. Destaco que son responsables de: promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación y las ciencias y artes; promover y desarrollar programas de salud, saneamiento ambiental y combate de enfermedades; impulsar el turismo y promover la industria, el comercio, las actividades agropecuarias y las artesanías; prestar los servicios de aseo, barrido de calles y recolección y tratamiento de desechos; prestar servicios de cementerios y de policía municipal; regular el uso de parques, calles y aceras; y planificar la ejecución y mantenimiento de obras de infraestructura fundamentales para el desarrollo, tal cual lo establece el artículo 4 del Código Municipal que rige toda su actuación.
Los futuros alcaldes y concejos municipales enfrentarán la realidad de los distritos: no hay muchos a quien cobrarles impuestos ni tasas municipales. Los futuros alcaldes y concejos municipales tendrán que hacer esfuerzos conjuntos para recuperar la autonomía y borrar los considerandos de las leyes aprobadas por la actual Asamblea Legislativa.
Los futuros alcaldes y concejos municipales enfrentarán la realidad de los distritos: no hay muchos a quien cobrarles impuestos ni tasas municipales.