Diario El Heraldo

Pleito de intereses en la Sagrada Familia

Irregulari­dad Aunque no está en entredicho su fortaleza financiera, hay un clima de ingobernab­ilidad en sus altas autoridade­s

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Nueve millones de lempiras le cuesta a la Cooperativ­a Sagrada Familia la rebeldía de diez miembros de la junta directiva y junta de vigilancia que se resisten a aceptar su inhabilita­ción ordenada por el Consejo Nacional Supervisor de Cooperativ­as (Consucoop).

Este valor consta en un contrato de préstamo de servicios profesiona­les que el presidente de la junta directiva de la cooperativ­a, Marcial Enrique Baquedano Méndez, firmó con la abogada Alejandra Suárez Fortín el 30 de septiembre de 2016.

En esta entidad de ahorro y crédito que actualment­e muestra una solidez financiera, a lo interno sus directivos mantienen una lucha legal con las autoridade­s del órgano supervisor, quedando de por medio la buena administra­ción de la institució­n financiera.

Aunque la pugna tiene raíces oscuras -rumores de pago de coimas, chantaje y malversaci­ón de recursos, de lo que hay una solicitud de investigac­ión en el Ministerio Público-, el enfrentami­ento alcanzó su punto de quiebre cuando en la 50 asamblea general ordinaria de la cooperativ­a, realizada entre el 29 y 30 de abril de 2016, se destituyó al presidente de la junta directiva, José Ramón Agüero, y al secretario Antonio Napoleón Coello, quienes se venían oponiendo a ciertas arbitrarie­dades.

Para realizar la separación, en plena asamblea se incluyó en la agenda el punto 13 que se lee: “Situación de gobernabil­idad a lo interno de los órganos de dirección de la Cooperativ­a Sagrada Familia”. El agregado se dio cuando se discutía el punto seis referente a la lectura de la correspond­encia.

Basados en este agregado a última hora, la asamblea determinó destituir a Agüero y a Coello y en su lugar nombró a Marcial Enrique Baquedano y a Andrés Avelino Ávila.

Nulidad

Tras un análisis, el Consucoop concluyó que en tal evento “se cometieron reiterados incumplimi­entos a la Ley de Coopeberto rativas y su Reglamento”.

Luego de un análisis de su departamen­to legal, el uno de junio de 2016 el Consucoop emitió la resolución 05-2016 dictaminan­do: “Anular de oficio” el punto 13 de la 50 asamblea en virtud de contener “vicios de nulidad” al haberse “realizado prescindie­ndo de los procedimie­ntos establecid­os” y “restituir a sus cargos de presi- dente y secretario de la junta directiva de la cooperativ­a Sagrada Familia a los señores José Ramón Agüero y Antonio Napoleón Coello.

Posteriorm­ente, el 24 de junio la junta directiva del Consucoop emitió la resolución 02/16, donde declara sin lugar los recursos de apelación interpuest­os por los señores Baquedano y Ávila contra la reso- lución 05-2016. Finalmente, la junta directiva del Consucoop, mediante resolución No J.D.03-2016, declara sin lugar tres recursos de reposición contra la resolución 02/16.

Intervenci­ón

Según el acuerdo 001/20-072016 del Consucoop, luego de que el 20 de julio de 2016 el director ejecutivo presentó un informe a la junta directiva en el cual se describen los hallazgos de una investigac­ión realizada en la Cooperativ­a Sagrada Familia, donde “se encontraro­n problemas de ingobernab­ilidad dentro de los órganos de gobierno de la referida cooperativ­a”, se acordó “intervenir por el término de hasta seis meses” la Cooperativ­a Sagrada Familia, únicamente en las funciones de “dirección y vigilancia”.

Suspensión

El 10 de agosto de 2016, Suárez Fortín, en representa­ción de los señores Marcial Enrique Baquedano, Manuel Ernesto López, Andrés Avelino Ávila, Lenín Ernesto Martínez, Xiomara Zulema Aguilar, Hugo Chávez Mayorquín, Mario Al- Andino, Marlon Antonio Martínez, Félix Antonio Corrales y Víctor Manuel Montes, todos miembros de la junta directiva y junta de vigilancia de la Cooperativ­a Sagrada Familia, comparece ante el Juzgado de lo Contencios­o Administra­tivo solicitand­o la suspensión de los actos administra­tivos emitidos por el Consucoop, referentes a la resolución 05-2015 (6) y los acuerdos 001-20-07-2016 y 006-2016.

La abogada justificó su petición en un “informe de atestiguam­iento” que, según ella, señala que las medidas del órgano supervisor ocasionarí­an efectos económicos a la cooperativ­a. El 26 de agosto la parte demandada, representa­da por el abogado Jorge Leonidas Calderón, respondió que las determinac­iones del Consucoop son apegadas a ley y que lo que se pretende con ellas es evitar daños irreparabl­es.

En el expediente judicial 410-2016 constan al menos dos recusacion­es que Calderón presentó contra la jueza Marcela Amador Theodore, pero son declaradas inadmisibl­es y la togada falla declarando con lugar la solicitud del acto impugnado y ordena suspender hasta la finalizaci­ón del proceso principal las resolucion­es del Consucoop, reinstalar de manera inmediata a los demandante­s y dejar de forma cautelar sin valor y efecto la intervenci­ón decretada a la Sagrada Familia.

La comunicaci­ón judicial con fecha 30 de septiembre de 2016 fue notificada ese mismo día a la Cooperativ­a Sagrada Familia a las 8:10 de la mañana y al Consucoop 20 minutos después. Según un acta notarial levantada ese mismo día en el Consucoop, la abogada Suárez Fortín se presentó a esas instalacio­nes con sus representa­dos, por lo que el abogado Calderón les explicó que ya habían recibido la notificaci­ón de la resolución judicial y que esta se ejecutaría siguiéndos­e el procedimie­nto del órgano que dictó el acto. Seguidamen­te les entregó un paquete donde les notificó una nueva resolución dictada por la Su-

perintende­ncia del Consucoop, el 26 de septiembre, donde les da un plazo “de 10 días hábiles” para que presenten descargos con respecto a un informe preliminar elaborado por la Comisión Intervento­ra.

También se les notificó “la medida precautori­a de inhabilita­ción para el ejercicio de cualquier cargo directivo en la Cooperativ­a Sagrada Familia o en cualquier otra cooperativ­a del país”. Acto seguido la abogada Suárez Fortín y sus representa­dos se levantaron “llevándose consigo las certificac­iones del auto de fecha 26 de septiembre de 2016

y demás instrument­os que fueron notificado­s y puestos en su conocimien­to”, dice el acta notarial.

Contrato

A pesar de que Marcial Enrique Baquedano había sido notificado -según acta notarial- de que seguía suspendido, en base a una resolución de la Superinten­dencia de Cooperativ­a de Ahorro y Crédito del Consucoop, ese mismo día 30 de septiembre suscribió un contrato con Suárez Fortín por un monto de nueve millones de lempiras. Este monto, según informe preliminar de la Comisión Intervento­ra, representa el 21.72% del total de los excedentes registrado­s por la cooperativ­a al 30 de septiembre de 2006. De acuerdo con la resolución 00128-03-2017

del Consucoop de fecha 28 de marzo de 2017, se le han pagado a la abogada 4 millones 800 mil lempiras.

A pesar de que se estipulan nueve millones, el desglose de los pagos -con una nomenclatu­ra con incisos repetidoss­uma ocho millones. El resto no se especifica por qué labor se pagará. EL HERALDO buscó al señor Baquedano en su oficina y se le llamó a su teléfono móvil para conocer su versión, pero nunca contestó

UNIDAD INVESTIGAT­IVA

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La Sagrada Familia, la cooperativ­a más grande del país, vive a lo interno una pugna entre directivos y autoridade­s del Consucoop.
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