Publican Ley de Inclusión financiera
Los afiliados a los diferentes entes de previsión que tienen deudas podrán amortizarlas con sus ahorros.
Asimismo solicitar préstamos personales, para vivienda, educación y otras necesidades básicas del trabajador.
Así lo establece la Ley del Programa Nacional de Inclusión Financiera y Consolidación de Deudas, la que fue publicada esta semana en La Gaceta del 17 de agosto. Establece su entrada en vigencia en 30 días, o sea el 17 de septiembre próximo.
Autoriza la creación de fideicomisos entre los entes previsionales y el RAP con la banca privada. Es decir que los fondos se prestarán a través de la banca. Los institutos podrán invertir hasta el 20% en fideicomisos para créditos personales y de vivienda, y el 10% para productivos.
Pueden acceder los afiliados al IHSS, Inprema, Injupemp, IPM, Inpreunah y los que tiene una subcuenta de ahorro histórico en el Régimen de Aportaciones Privadas.
psogsamas
La Ley de Inclusión Financiera establece tres programas: préstamos personales, para vivienda y préstamos productivos.
Los personales son deducibles por planilla y destinados a necesidades y la readecuación de deudas.
El de vivienda se ejecutará a través de créditos hipotecarios y/o arrendamientos financieros con opción a compra. También se deducirá por planilla.
En tanto en los créditos productivos se enfatizará en sectores claves para el desarrollo como la micro, pequeña y mediana empresa, el agropecuario, manufactura y otros.
Para vivienda, los afiliados del RAP “pueden hacer uso de la subcuenta de ahorro... hasta por un monto que no supere los seis salarios mínimos ni el 80% de la subcuenta, con el fin de amortizar su deuda y disminuir la cuota”.
La ley también prohíbe el embargo de las cuentas de los afiliados por deudas que mantengan con instituciones financieras