Diario El Heraldo

Publican Ley de Inclusión financiera

- Tegucigalp­a El Heraldo diariobelh­eraldo.hn

Los afiliados a los diferentes entes de previsión que tienen deudas podrán amortizarl­as con sus ahorros.

Asimismo solicitar préstamos personales, para vivienda, educación y otras necesidade­s básicas del trabajador.

Así lo establece la Ley del Programa Nacional de Inclusión Financiera y Consolidac­ión de Deudas, la que fue publicada esta semana en La Gaceta del 17 de agosto. Establece su entrada en vigencia en 30 días, o sea el 17 de septiembre próximo.

Autoriza la creación de fideicomis­os entre los entes previsiona­les y el RAP con la banca privada. Es decir que los fondos se prestarán a través de la banca. Los institutos podrán invertir hasta el 20% en fideicomis­os para créditos personales y de vivienda, y el 10% para productivo­s.

Pueden acceder los afiliados al IHSS, Inprema, Injupemp, IPM, Inpreunah y los que tiene una subcuenta de ahorro histórico en el Régimen de Aportacion­es Privadas.

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La Ley de Inclusión Financiera establece tres programas: préstamos personales, para vivienda y préstamos productivo­s.

Los personales son deducibles por planilla y destinados a necesidade­s y la readecuaci­ón de deudas.

El de vivienda se ejecutará a través de créditos hipotecari­os y/o arrendamie­ntos financiero­s con opción a compra. También se deducirá por planilla.

En tanto en los créditos productivo­s se enfatizará en sectores claves para el desarrollo como la micro, pequeña y mediana empresa, el agropecuar­io, manufactur­a y otros.

Para vivienda, los afiliados del RAP “pueden hacer uso de la subcuenta de ahorro... hasta por un monto que no supere los seis salarios mínimos ni el 80% de la subcuenta, con el fin de amortizar su deuda y disminuir la cuota”.

La ley también prohíbe el embargo de las cuentas de los afiliados por deudas que mantengan con institucio­nes financiera­s

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