28 de agosto, fecha insigne en dinero y política
El lunes 28 de agosto es la fecha célebre del mapa político de 2017, comenzarán las vitrinas y la visibilidad política de los candidatos, pero además, dentro del cronograma electoral para las elecciones generales, se da inicio a la propaganda electoral.
Inicia el periodo en el que se requiere autorización del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para realizar manifestaciones, concentraciones y reuniones públicas, pero además finaliza el plazo para la depuración del Censo Nacional Electoral Definitivo.
El pueblo hondureño debe saber que esta fecha se hace más relevante ante las nuevas disposiciones en lo relativo al control, supervisión y rendición de cuentas del financiamiento público y privado que administran los partidos políticos, las alianzas entre partidos políticos, candidaturas independientes, candidatas y candidatos para el proceso de elecciones.
Como todos los partidos deben financiar las actividades proselitistas en periodos de campaña, todos necesitan dinero y existen diferentes modelos de financiamiento; el público y el privado, pero en Honduras es mixto, se recibe dinero público del Estado en concepto de deuda política y financiamiento privado.
Los candidatos están obligados a depositar sus aportaciones o donaciones recibi- das en cuentas bancarias, y además deberán acreditar un responsable financiero ante la Unidad de Política Limpia. Las personas naturales podrán realizar aportaciones en especie o monetarias hasta por un máximo de 200 salarios mínimos, equivalentes a dos millones treinta y tres mil seis seiscientos lempiras, y las personas jurídicas podrán ha- cer aportaciones en especie o monetarias hasta por un monto máximo de mil salarios mínimos, equivalentes a diez millones ciento sesenta y ocho mil lempiras.
Las disposiciones de la política limpia indican que quedan prohibidas las contribuciones o donaciones de los funcionarios y empleados que se desempeñen en la administración pública centralizada o descentralizada, sin previa autorización de estos.
Asimismo se prohíben subvenciones o subsidios de gobierno, organizaciones o instituciones extranjeras, así como contribuciones o donaciones de ejecutivos, directivos o socios de empresas mercantiles vinculadas con actividades ilícitas.
Ningún candidato podrá aceptar en forma directa o indirecta contribuciones o donaciones anónimas, salvo las obtenidas en colectas populares. Todas las aportaciones que reciban los políticos deberán ser de ingreso lícito y de origen cierto, debiéndose identificar los datos generales del aportante, así como el monto recibido y la cuenta bancaria de destino.
Para esta elección general habrá muchos ojos, veedores y auditores sobre el financiamiento de campañas y una ley denominada de Política Limpia de la que muchos podrán ser escépticos, otros le darán beneficio de la duda y otros ayudarán y respaldarán a que se cumpla porque contempla sanciones por incumplimiento e irregularidades en el financiamiento. Hoy tenemos un instrumento que ayer no teníamos para fiscalizar campañas políticas, usémoslo