Diario El Heraldo

Reglamento Asoectos óelevantes

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1 Depósito de aportes

Las aportacion­es o donaciones que reciban los sujetos obligados se depositará­n en cuentas bancarias que deben de ser abiertas en cualquier institució­n bancaria o fiduciaria.

2 Rendición de cuentas

Los sujetos obligados rendirán cuentas del financiami­ento público y privado recibido, sea en efectivo o especie, debiendo mantener los documentos de soporte.

3 Préstamos para gastos

Los préstamos para gastos de campaña serán válidos cuando sean obtenidos en institucio­nes bancarias, crediticia­s u otras personas autorizada­s por la ley.

4 Prohibicio­nes de aportes

Contribuci­ones o donaciones anónimas, de empleados, funcionari­os públicos y subvencion­es o subsidios del gobierno están prohibidas como aportacion­es.

5 Comprobant­es de pago

Se deben acreditar facturas en el caso de contratar propaganda y publicidad en medios de comunicaci­ón de parte de los sujetos obligados.

6 Aplicación de auditorías

Dos tipos de auditorías se podrán llevar a cabo a partidos políticos y candidatos. Una de ellas son las documental­es y las otras in situ por parte de la Unidad.

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