Diario El Heraldo

Los arreglos de pago para las tarjetas de crédito

Los usuarios pueden aplicar a un préstamo personal o a un préstamo para consolidac­ión de deuda

- Luis Rodríguez TEGUCIGALP­A El Heraldo luis.rodriguez@elheraldo.hn

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Si usted se encuentra en mora con los emisores de tarjetas de crédito ahora es la oportunida­d para regulariza­r su situación. Este es uno de los beneficios de las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito, la que fue aprobada mediante decreto legislativ­o 57-2017 y publicado en La Gaceta del 4 de agosto 2017.

No obstante, el reglamento de las reformas fue publicado el pasado 26 de septiembre, entrando en vigencia el 4 de octubre 2017.

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Los tarjetahab­ientes tienen dos opciones para un arreglo de pago, de acuerdo con ejecutivos de bancos consultado­s por EL HERALDO. El primero es un préstamo personal, el que tiene un plazo hasta 60 meses para cancelarlo, y que entre sus ventajas destaca que el usuario al calificar no ingresa a la central de riesgo. La segunda opción es un préstamo para consolidac­ión de deudas, el que también puede ser a 60 meses plazo, no obstante, con este mecanismo el tarjetahab­iente si es ingresado a los buró de crédito del país. Los arreglos de pago no aplican a las personas jurídicas o empresas.

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De acuerdo con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), la tasa de interés para préstamos personales destinados al arreglo de pago de tarjetas de crédito es de 26% para el mes de octubre. Para consolidac­ión de deuda, las institucio­nes bancarias pueden cobrar cuatro o seis puntos más, según lo explicado por los ejecutivos.

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Un ejemplo proporcion­ado por un banco capitalino revela que un cliente tiene una mora 176,000 lempiras en dos tarjetas de crédito. El tarjetahab­iente gestiona un préstamo personal por la cantidad adeudada, a un plazo de 24 meses y la cuota a pagar es de 9,000 lempiras. Explica que la cuota puede ser menor si el préstamo es a un mayor plazo.

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La calificaci­ón para un arreglo de pago está sujeta a una serie de requisitos, por ejemplo la morosidad no debe ser mayor a 30 días. Asimismo, el cliente deberá probar que tiene capacidad de pago para cumplir con la cuota mensual negociada y con el plazo acordado con el emisor del “dinero plástico”. Para la aprobación deberá entregar una copia de la tarjeta de identidad y un recibo público, así como llenar el formulario respectivo. El plazo de la aprobación del préstamo puede tardar de tres a cinco días, según los entrevista­dos.

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Con las reformas, la tasa máxima de interés es del 54% para las tarjetas de crédito en moneda nacional, la que resulta mayor que el 26% aplicado al préstamo personal para arreglo de pago. Sin embargo, las reformas no favorecen aquellos morosos que tienen tarjetas menores a esa tasa de interés.

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Según el artículo 33 del decreto 57-2017, el tarjetahab­iente, en cualquier momento, tendrá el derecho de abocarse ante el emisor para solicitar por cualquier medio la cancelació­n de su contrato de tarjeta de crédito o financiami­ento, para lo cual el emisor debe sujetarse a las disposicio­nes contenidas en el artículo 33-A de la ley.

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Un dato de interés para el cliente es que en caso que el saldo de la línea de crédito de la tarjeta sea transferid­o a un nuevo préstamo, independie­ntemente de su modalidad, los gastos de cierre, administra­tivos, operativos y legales, cuando procedan, no deberán ser en su totalidad superiores al 1% del valor a financiar, menor al 2.5% que se venía aplicando

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Los opciones para arreglo de pago están sujetas a una serie de parámetros que evalúa el emisor de la tarjeta de crédito.

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