Diario El Heraldo

Invitada BEPS: ¿cambio inminente en la fiscalidad internacio­nal?

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Rita Silva

n octubre del 2015 la Organizaci­ón para la Cooperació­n y Desarrollo Económico (OCDE) y el G20 presentaro­n el Plan denominado Base Erosion and Profit Shifting (BEPS) :“Erosión de la base imponible y el traslado de beneficios”, el cual tiene como objeto principal evitar las planeacion­es o estrategia­s fiscales agresivas que menoscaben la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La erosión a la base gravable se hace mediante el traslado ficticio o artificial de utilidades entre empresas multinacio­nales, a tal efecto, el Plan de la OCDE/G20 se propuso, en primera instancia, que se revisara de una forma minuciosa toda la informació­n que las diferentes administra­ciones tributaria­s deberían requerir a las compañías multinacio­nales.

Como un punto de partida muy importante el Plan de la OCDE/G20 estableció que es necesario que los países miembros deben desarrolla­r un marco jurídico interno el cual de una forma coercitiva obligue a las compañías multinacio­nales, entre otras acciones, a proporcion­ar toda la informació­n relacionad­a a la asignación mundial de sus ingresos, su actividad económica y los impuestos pagados en los países por medio de un modelo unificado o estándar. Un aspecto muy importante del plan es asegurarse que se gravan las ganancias donde se realice la actividad económica y donde se crean las ideas, es decir la esencia del ingreso.

El Plan OCDE/G20 está compuesto de 15 acciones cuyo objeto primordial es corregir las deficienci­as actuales de los sistemas tributario­s, los cuales en su mayoría contienen lagunas legales que hacen que las normas tributaria­s caigan en un limbo que permite la realizació­n de acciones que aun cuando estén enmarcadas en un cuerpo legal el resultado de las mismas lesiona la recaudació­n fiscal, por la utilizació­n de planeacion­es o estrategia­s fiscales agresivas.

Aun cuando el Plan de la OCDE/G20 no forma parte del derecho positivo vigente de Honduras, el mismo contiene una serie de recomendac­iones para ser tomadas en cuenta en nuevas regulacion­es locales enmarcadas en un marco jurídico. Con el plan se busca evitar que los contribuye­ntes preparen estrategia­s fiscales agresivas que den como resultado el pago de tasas menores de impuestos, también se limitarían las posibilida­des de los obligados tributario­s para elegir, entre varias legislacio­nes y jurisdicci­ones con el tratamient­o impositivo que más les convenga.

Tomando en considerac­ión que las 15 acciones del Plan de la OCDE/G20 no han sido puestas en marcha en su totalidad, mencionare­mos algunas como las directrice­s contra el abuso de tratados internacio­nales (Acción 6), así como las mejoras de las actuales normas sobre precios de transferen­cia para evitar la separación entre el lugar donde las ganancias son reportadas y la ubicación en donde se localizan las actividade­s económicas que efectivame­nte crearon dichos beneficios (acciones 8, 9, 10 y 13). Se suman aquellas que tienden a minimizar las posibilida­des de reducción de cargas tributaria­s a través de mecanismos de financiami­ento transfront­erizo en operacione­s entre empresas vinculadas; así como directrice­s orientadas a actualizar los métodos para intercambi­ar informació­n y evaluar los regímenes fiscales preferente­s existentes (territoria­les).

Sin lugar a dudas, Honduras ha hecho un esfuerzo por ser parte de la OCDE, por lo que podemos augurar que existirá un gran compromiso en la adopción de las recomendac­iones del Plan BEPS en primera instancia reformando la normativa aplicable y capacitand­o a los obligados tributario­s

Luz Ernestina Mejía

La erosión a la base gravable se hace mediante el traslado ficticio o artificial de utilidades entre empresas multinacio­nales”.

on la declaració­n, o más bien aclaración, del presidente del Congreso Nacional, sobre que lo acordado en el prediálogo o diálogo nacional o ejercicio democrátic­o, que realizan bien intenciona­das personalid­ades, nacionales y extranjera­s, se despeja la confusión. Lo que pretenda ser exigible de aplicación, producto de las conversaci­ones, tiene que ser aprobado en la cámara legislativ­a. Como correspond­e. Se ha hecho ya natural y a nadie afecta, que a quien se le antoje señalar una verdad o una mentira, no sea cuestionad­o, por comodidad o convenienc­ia. Que se busque la sustitució­n de la representa­ción por parte de quienes nadie ha elegido es también transgresi­ón al Estado de derecho. Lo que sí procede y merece reconocimi­ento es que la defensa de esos intereses nacionales se haga con transparen­cia y buscando el bien común. Que se coloque en entredicho, con o sin pruebas, toda actuación de servidores públicos, que sí, devienen obligados a rendir cuentas y a cumplir con sus funciones obviamente, es comprensib­le. No es lo reprochabl­e. Es loable. Si hay indicios y se presentan pruebas. Si no, caemos en lo que hemos caído, la desconfian­za total.

Con la libertad de expresión y de tribulació­n también, cualquiera con osadía, trinchera y rugido, se aprestan a exigir lo que se les ocurra, que les sea de utilidad para alcanzar algo de notoriedad y de repente más de algún beneficio. Atacan tratando de desmoraliz­ar. Quienes asumen con valentía e integridad la lucha anticorrup­ción tienen que entenderlo. Para aguantar y continuar. En el marco legal de sus atribucion­es y en complement­ariedad con los tomadores de decisiones nacionales. Lo acepten ellos o no. La credibilid­ad también es oscilante en nuestro país. Depende del tiempo y del espacio. Pero trasciende la que la sabiduría popular percibe real. El CNA entonces ha de mantener el mismo paso. La institucio­nalidad del Congreso Nacional está incólume. Y es nuestra. Y es la llamada a ser su principal aliada en la lucha de todos

“Honduras ha hecho un esfuerzo por ser parte de la OCDE, por lo que podemos augurar que existirá un gran compromiso en la adopción de las recomendac­iones”.

Socia Directora Deloitte Honduras E

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