La sentencia no dice nada, es un absurdo jurídico de la Sala
La Sala de lo Constitucional debió declarar improcedente la acción o declararla inconstitucional, pero nunca decir que el fallo relativo a la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih) es constitucional.
En estos términos se pronunció el exfiscal general del Estado y catedrático universitario Ángel Edmundo Orellana al ser consultado por EL HERALDO.
¿Cómo recibió esa resolución que emitió la Corte Suprema de Justicia respecto al rol constitucional de la Maccih?
A mí no me sorprende ya lo que haga la Sala de lo Constitucional, todo lo anormal y absurdo que se ha producido en los últimos tiempos en el campo jurídico lo ha generado la Sala de lo Constitucional, comenzando porque, según la Ley de Justicia Constitucional, las sentencias que dice la Sala deben ser: o bien declarar improcedente la acción o desestimarla, o bien declarar inconstitucional la norma. La sentencia lo que ha hecho es declarar constitucional el convenio de la Maccih. Eso significa que de ahora en adelante para que una ley sea constitucional hay que pedirle a la Sala que la declare constitucional también.
El otro defecto de esta sentencia es el hecho de que no dice nada, al final de cuentas empieza a girar en rodeos para decir que se debe aplicar el convenio de acuerdo al principio de la buena fe y que debe ceñirse a la Constitución y a las leyes. En fin, una serie de disposiciones que es lo que existe actualmente.
¿A juicio suyo, entonces, cómo tenía que haber sido la redacción de la sentencia?, porque veo que no está muy contento.
No es que estoy contento o descontento, simplemente es un absurdo. Que me guste o no me guste es otra cosa. La ley dice que las sentencias de la Sala deben ser en dos sentidos: es desestimando la acción, declararla improcedente, o declarando la inconstitucionalidad de la norma. Pero lo que hicieron fue declarar constitucional la norma. Con eso se sienta un precedente, ahora para que una ley sea constitucional hay que ir a la Sala para pedir que la declare constitucional.
En uno de los considerandos menciona el artículo 119 de la Ley de Justicia Constitucional que señala que la Sala podrá establecer procedimientos para aquellas cosas que se planteen en la Sala que no estén previstas en la ley. Pero este asunto está fuera del contexto de la ley. No es procedente que la Sala declare que una norma es constitucional, esto no tiene sentido.
¿Qué consecuencias puede traer?
Que de ahora en adelante toda ley que emita el Congreso, para que sea constitucional, hay que ir a la Sala a pedir que declare que es constitucional. Eso es un absurdo. Es decir que todo lo que haga el Congreso va a ir a referéndum a la Sala de lo Constitucional.
¿Qué destino le depara usted, tomando como referencia ese fallo, a la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad y la Corrupción?
Ahí no menciona absolutamente nada en relación con la Ufecic, la decisión es en términos generales. Da la impresión de que lo que querían ellos era lanzar como una advertencia, porque hay un momento de los considerandos que dice que no se declare inconstitucional en este momento, como diciendo que en otro momento podría ser que sí
Ahora para que una ley sea constitucional hay que ir a la Sala para pedir que la declare constitucional”. Á. edmundo Orellana Exfiscal general