Diario El Heraldo

De manera unánime el CN derogó artículo 335-B de Código Penal

La disposició­n que fue denominada como “mordaza” pasó ayer a la historia. La CSJ recomendó su total supresión

-

Bajo el respaldo unánime de los diputados de todas las fuerzas políticas, el polémico literal B del artículo 335 del Código Penal pasó ayer a la historia siendo derogado de este instrument­o jurídico en el Congreso Nacional.

Luego de varios meses de señalamien­tos y peticiones de la prensa hondureña para que se anulara la disposició­n concernien­te a la apología e incitación del terrorismo que atentaba contra la libertad de expresión, el apartado se suprimió con 108 votos a favor y ocho congresist­as que no emitieron su sufragio.

En la correspond­encia que es remitida a la Secretaría del CN se le dio lectura a la opinión enviada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre este inciso, la que a pesar de no ser vinculante es un requisito previo a que se reforme o derogue una disposició­n de un Código vigente. La certificac­ión emitida por Rolando Argueta, titular de máximo órgano jurisdicci­onal del país, incluía los alcances del pronunciam­iento, antecedent­es de los proyectos de decreto al igual que los criterios de la CSJ.

Por medio de una reconsider­ación hecha por el exdiputado del Partido Nacional, Óscar Álvarez, se agregó este literal, el cual ya había sido reformado por el Congreso y no se incluyó en el nuevo Código Penal.

Piedra angular

“La libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrátic­a, es indispensa­ble para la formación de la opinión pública, por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”, subraya el veredicto.

Añade que “la dimensión individual de la libertad de expresión se proyecta en la posibilida­d de expresar el pensamient­o, usando los medios que elija el emisor y también en la facultad de difundirlo a través de ello para que sea conocido por sus naturales destinatar­ios. Obstruir o vulnerar cualquiera de esas dos proyeccion­es limita y afecta el ejercicio de su derecho en su conjunto”. La Corte concluyó que el literal B del artículo 335 que fue adicionado mediante decreto legislativ­o 6-2017 “no está acorde a la libertad de expresión y principios regulados por nuestra Constituci­ón de la República”. Además, plantea que la forma en la que está redactada, la que fue denominada como disposició­n mordaza, evidencia una transgresi­ón al derecho fundamenta­l de la libertad de expresión.

“Consideram­os que la derogación total es una necesidad imperativa, es decir, que el vigente artículo 335B del Código Penal debe ser derogado porque transgrede o limita un derecho fundamenta­l como ser la libertad de expresión”, enfatiza. Una vez leída la opinión de la CSJ se procedió a introducir el dictamen del proyecto encaminado a la abolición del artículo, el cual fue presentado el pasado 23 de mayo por la diputada del partido Libertad y Refundació­n (Libre), Scherly Arriaga. El presidente del Poder Legislativ­o, Mauricio Oliva, solicitó la dispensa de debates para que se aprobara en uno solo, dándole así cumplimien­to al compromiso que había asumido en el marco del pasado Día del Periodista hondureño

 ??  ?? Diputados y periodista­s que cubren el CN aplaudiero­n al quedar anulado el artículo 335-B.
Diputados y periodista­s que cubren el CN aplaudiero­n al quedar anulado el artículo 335-B.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Honduras