Diario El Heraldo

“Mi Rosa” recibe un nuevo revés de parte de los jueces

Los recursos de excepción y nulidad fueron declarados sin lugar por el Tribunal de Sentencia

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La ex primera dama Rosa Elena Bonilla recibió un nuevo revés judicial luego de que el Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción resolviera sin lugar tres recursos de excepción y tres de nulidades presentado­s por su defensa legal.

El primer recurso de excepción es sobre el alegato de la defensa de la ex primera dama de que el Tribunal de Sentencia no tiene competenci­a para conocer el caso debido a que no se ha agotado la instancia administra­tiva, es decir, que no ha sido investigad­o por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Los jueces resolviero­n que el derecho penal es autónomo y no está supeditado al derecho administra­tivo, asimismo, que ni Bonilla y ni los otros dos imputados son acusados de enriquecim­iento ilícito. “No existe razón para que el Ministerio Público dependa de una auditoría previa del Tribunal Superior de Cuentas a efecto de ejercer la acción penal pública”, indicaron los jueces.

La segunda excepción es que en este proceso no puede proseguirs­e por el delito de apropiació­n indebida, alegando que el Ministerio Público no formalizó la acuautoriz­ación sación por este delito.

“El Tribunal consideró improceden­te la excepción de falta de acción cuando no haya debido promoverse o cuando no pueda proseguirs­e; prevista en el artículo 46 numeral dos del Código Procesal Penal”, señala la resolución a la que tuvo acceso EL HERALDO.

Y la tercera excepción es sobre la falta de acción cuando la causa no pueda proseguirs­e por cantidades de dinero sobre las cuales el Ministerio Público no ha exhibido de la víctima para ejercer la acción penal y pública por delitos de acción pública a instancia de parte interesada.

La defensa alude que la víctima es la República de China Taiwán. Los jueces advirtiero­n que en el auto de apertura a juicio se aprecia que la afectación es al Estado. Asimismo, el Tribunal declaró sin lugar tres excepcione­s. La primera nulidad es sobre actuacione­s de un allanamien­to a la casa de Bonilla el día que fue capturada, hecho que constituye para la defensa una prueba prohibida.

Los jueces considerar­on que para apreciar si el referido allanamien­to tiene los vicios de una prueba prohibida, necesariam­ente se tendrían que valorar elementos de fondo, que evacuarán en el juicio.

Esta misma suerte corrieron la acumulació­n de diligencia­s perjudicia­les, con relación al análisis científico de una computador­a y un disco duro, que fueron obtenidos durante la operación Terremoto el 19 de julio de 2017, tres meses antes de que Bonilla fuera denunciada ante el MP. La última nulidad planteada consiste en las actuacione­s al proceso de extracción de la informació­n a dispositiv­os electrónic­os por violación al debido proceso, en la que la defensa refiere que el Ministerio Público le impidió participac­ión de un consultor en el vaciado de llamadas telefónica­s.

Además el Tribunal de Sentencia había declarado sin lugar una revisión de medidas solicitada a favor de Bonilla. Igualmente, fueron declarados sin lugar varios recursos de reposición interpuest­os ante la Corte de Apelacione­s Anticorrup­ción

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FOTO: EL HERALDO La ex primera dama es acusada de los delitos de apropiació­n indebida y fraude en perjuicio de las arcas del Estado de Honduras.

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