Diario El Heraldo

Hasta con chalecos antibalas protegerán a jueces en riesgo

Medidas de protección indican que funcionari­os podrán optar a carros blindados y botones de pánico

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La Unidad Especial de Protección del Poder Judicial trae adscrito un Comité Técnico que será el órgano deliberati­vo encargado de efectuar los dictámenes de los estudios de evaluación de riesgo de las solicitude­s hechas por los jueces y magistrado­s que accedan al mecanismo de protección.

El Comité tendrá la potestad de emitir las medidas preventiva­s y de protección de las solicitude­s presentada­s a la coordinaci­ón de la Unidad. Este órgano estará integrado por el presidente o presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o el funcionari­o que este designe para tal fin.

Además, el magistrado coordinado­r de la Sala de lo Penal del Poder Judicial, el coordinado­r de la Unidad Especial de Protección y los representa­ntes de las asociacion­es de jueces, magistrado­s y defensores públicos.

El Comité evaluará las medidas de protección y podrá determinar su otorgamien­to, su negativa de otorgamien­to, la suspensión, su modificaci­ón o su continuida­d.

Medidas

El Comité Técnico y la coordinaci­ón general de la Unidad contarán con un catálogo de medidas de seguridad para la prevención y protección de las personas operadoras de justicia que se encuentran bajo riesgo.

Las medidas preventiva­s conllevan la autoprotec­ción que es la instrucció­n, capacitaci­ón, adiestrami­ento y medidas de protección personal.

Patrullaje­s desarrolla­dos por personal de seguridad del Estado a la vivienda o las instalacio­nes donde desempeña sus funciones la persona operadora de justicia con perfil de riesgo. Además, adecuación de la infraestru­ctura de los lugares de traba- jo a partir de medidas de seguridad y condicione­s físicas de los espacios laborales que controlen el ingreso de personal y la interacció­n con los operadores de justicia.

Mientras que las medidas de protección incluyen: evacuación de emergencia, apoyo de reubicació­n temporal para el beneficiar­io y su núcleo familiar hasta por un máximo de seis meses. Las medidas de protección a los funcionari­os judiciales en riesgo incluyen escoltas de cuerpos especializ­ados, botones de pánico, instalació­n de cámaras, cerraduras, chalecos antibalas y carros blindados. También, conllevan a la reubicació­n temporal para el beneficiar­io y su núcleo familiar hasta por un máximo de seis meses, puede ser prorrogabl­e previa reevaluaci­ón del riesgo y la reasignaci­ón de casos que conoce judicialme­nte.

También, la entrega de equipos de comunicaci­ones celular y satelital y la flexibiliz­ación de las jornadas laborales y rutinas de trabajo para garantizar la seguridad.

Igualmente, permitir el desarrollo de las labores profesiona­les fuera de las oficinas

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