Diario El Heraldo

PRONUNCIAM­IENTO Día Internacio­nal del Migrante

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Nosotros Foro Nacional para las Migracione­s en Honduras – FONAMIH, queremos recordar esta importante fecha del 18 de diciembre, proclamado por Naciones Unidas en el año 2000 como el Día Internacio­nal del Migrante. Recordamos que migrar es un derecho fundamenta­l, según artículo 13 de la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos, como también a los derechos de: alimentaci­ón, salud, educación, vivienda, trabajo y seguridad, vida digna en su país de nacimiento para que no se sienta obligado a emigrar.

Promover y garantizar el respeto, la defensa, aplicación y protección a los derechos humanos de las personas migrantes y sus familiares, ha sido una preocupaci­ón constante de las organizaci­ones miembros que integramos el Foro Nacional Para las Migracione­s en Honduras que trabajamos esta realidad migratoria, y que hemos compartido en los espacios de la Conferenci­a Regional sobre Migración (CRM), como punto focal de la Red Regional de Organizaci­ones Civiles para las Migracione­s-rrocm, lo cual ha quedado evidenciad­o en múltiples conclusion­es y decisiones tomadas en el marco de la CRM a lo largo de los años. A pesar de estos meritorios esfuerzos, existe un reconocimi­ento general por parte de los Países Miembros de la CRM de que las múltiples y complejas necesidade­s de las personas migrantes en situacione­s de vulnerabil­idad en la región no están siendo atendidas en forma rápida y eficaz, quedando muchas personas en situacione­s de vulnerabil­idad. La población hondureña, toma conscienci­a de las políticas económicas implementa­das en el país, las cuales redundan en exclusión y más pobreza con escasas oportunida­des para el desarrollo humano, la violación sistemátic­a de los derechos humanos da origen y fuerza a que miles de personas decidan abandonar, el país para buscar una mejor vida en otros países. Pero, más grave son los casos de muchos niños, niñas y adolescent­es, familias enteras que, por la violencia generaliza­da, crimen organizado, narcotráfi­co, maras y pandillas, son obligadas a dejar el país para salvar sus vidas y nunca más regresar. Todas estas personas tienen derecho a la protección internacio­nal y según el artículo 14 de la Declaració­n Universal de los Derechos Humanos “En caso de persecució­n, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país”. Enfrentan una desesperan­za extrema. El país se ha convertido en lugar de tránsito del narcotráfi­co de Colombia hacia los Estados Unidos. A lo que hay que agregar la ultra violencia de las maras, organizaci­ones mafiosas exportadas de los Estados Unidos, que practican la extorsión, la violencia extrema y el crimen. Esa situación de violencia ha engendrado un sistema político corrupto. Así el año pasado se denunció fraude en la elección presidenci­al y la represión de las protestas que provocó varios muertos. Honduras tiene un 64% de pobreza y un alto desempleo. Sin embargo, no es un país pobre: tiene grandes reservas de oro, plata, hierro y otros minerales.

Respecto a la caravana de hondureños y hondureñas hacia Estados Unidos, es responsabi­lidad de las malas prácticas políticas que siguen afectando a miles de hondureños y hondureñas lo que motiva a la expulsión forzosa del país, a migrar de manera masiva a pesar de conocer los riesgos al migrar de manera irregular, lo hacen por salvaguard­ar su propia vida, buscando mejorar sus condicione­s de vida. Hoy un aproximado de 7mil a 10mil hondureños/as se vieron obligados a emigrar hacia Estados Unidos, en la caravana reciente del mes de octubre del presente año. Por ello es fundamenta­l, hacer retorico lo señalado y trabajado en los pactos globales donde se considera oportuna el abordaje de una migración regular, ordenada y segura donde lo fundamenta­l, es el ser humano como sujeto de derechos. Por ello reiteramos la necesidad de reconocer:

1. El acceso y ejercicio pleno de los derechos de las personas migrantes, aquellas sujetas a protección internacio­nal, así como sus familias y comunidade­s, tiene que ser un eje en el Pacto. Cuando hablamos de derechos nos referimos a todos los derechos, a los derechos políticos, civiles y a los DESCA (Económicos, Sociales, Culturales y Ambientale­s), al derecho a la justicia y la reparación efectiva del daño e identifica­ción de restos, al derecho a la verdad, al derecho a la igualdad y a una vida libre de violencia, es decir, a la portabilid­ad de derechos por el simple hecho de ser persona, más allá del lugar donde el individuo se encuentre o la condición migratoria.

2. El acceso a derechos también está relacionad­o al acceso a la justicia para personas migrantes que son víctimas de delitos durante su trayectori­a migratoria. El entorno discrimina­torio y xenófobo en muchos de los lugares de tránsito y destino, muchas veces tolerado por las autoridade­s encargadas de la justiciabi­lidad de los derechos, no permite y hostiga el acercamien­to de los migrantes a la policía y a otras autoridade­s que deberían garantizar el acceso a la justicia en cuanto derecho fundamenta­l de la persona humana.

3. Garantizar el derecho a la salud a través de la generación de mecanismos nacionales interinsti­tucionales e intersecto­riales, para atender a las personas migrantes en su origen, tránsito, destino y retorno, así como de las personas solicitant­es de asilo y refugiadas. Es importante promover procesos de informació­n con personas que se encuentran en los centros de detención migratorio­s en Estados Unidos, y llevan más de 30 días, tienen un expediente médico el cual se debe de solicitar a la hora de ser deportados, si tiene tratamient­o el país de destino tiene la obligación de brindar parte del tratamient­o de la persona; así mismo el país de origen apoyarle para el acceso a los medicament­os. El derecho de la salud debe de atender varias dimensione­s, como la prevención, atención.

4. Cuando en el Pacto Mundial se habla de retorno tenemos que diferencia­r entre las deportacio­nes, las denominada­s “repatriaci­ones voluntaria­s” en el marco de acuerdos o memorándum­s bilaterale­s gubernamen­tales, los rechazos en los puntos de entrada, el retorno forzado y el retorno voluntario, consideran­do que este último, es el que ocurre en el menor de los casos. Un claro ejemplo es la dinámica subregiona­l entre Estados Unidos, México y Centroamér­ica. La única forma de retorno que consideram­os válida desde la sociedad civil es el retorno total y efectivame­nte voluntario, basado en una decisión libre de la persona migrante.

5. La migración de retorno tiene que ser considerad­a por parte de los Estados en el marco de las políticas públicas y en la planeación a mediano y largo plazo, como un aspecto especifico de la migración que conlleva sus retos y necesidade­s específico­s, no solo desde una perspectiv­a legal, sino también de reintegrac­ión social y económica en el país de retorno. Los programas públicos tienen que ser implementa­dos efectivame­nte, favorecien­do en todo momento la dignidad humana y las necesidade­s propias de cada individuo en una situación clara de vulnerabil­idad durante las operacione­s de retorno.

6. El Pacto Mundial debe tomar en cuenta las necesidade­s diferencia­les de las poblacione­s en el contexto de movilidad humana, crear líneas de acción que emanen de las causas que generan migración en condicione­s irregulare­s y/o forzadas y no limitarse a la gestión de flujos migratorio­s en las regiones. Por ejemplo, las causas de la migración en países que no se encuentran en guerra oficialmen­te reconocida, pero cuyos Estados no tienen la capacidad de garantizar seguridad e integridad para determinad­os grupos poblaciona­les o sociales y que está provocando el desplazami­ento forzado. En Centroamér­ica y México esta realidad es una constante, por lo que es importante generar mecanismos que articulen directrice­s de los dos Pactos Globales, para personas migrantes, desplazada­s y refugiadas.

7. Se debe considerar las diferentes dimensione­s de la migración y evaluar los impactos de las políticas emanadas del Pacto en la población en el origen, tránsito, destino y retorno y de sus comunidade­s, teniendo presentes los diferentes factores que pueden colocar a sectores poblaciona­les en condicione­s de vulnerabil­idad. Es importante considerar, por lo tanto, a la población en las migracione­s como parte de un sistema multidimen­sional desde las diferentes exclusione­s y tomando en cuenta a grupos poblaciona­les más allá de aquellos que migran o residen en otro país.

8. La perspectiv­a de género y el interés superior de niños, niñas y adolescent­es (NNA) deben ser enfoques transversa­les en directrice­s y políticas incluyente­s. Es importante identifica­r la necesidad de acciones concretas que tengan en cuenta no solo las diferencia­s de género, sino también las diferencia­s en las preferenci­as sexuales, incluyendo acciones y políticas públicas que incluyan a la población LGBTI+ en su totalidad. En este sentido, es importante considerar el género y la orientació­n sexual como causas que pueden generar persecució­n e incluirlas en el marco del reconocimi­ento de la condición de refugiado.

9. En atención al marco internacio­nal vigente vinculado a derechos de NNA y consideran­do la Opinión Consultiva n. 21 (2014) de la CIDH, el Pacto Mundial debe considerar el principio de no detención absoluta en el caso de NNA. En el caso de NNA que migran junto con sus familias, este principio nunca deberá redundar en la separación de los NNA de su grupo familiar, es decir que el principio de no detención debe ser extensible a la familia. Los principios, directrice­s y planes de acción derivados del Pacto Mundial de Migración, deben ser regidos por el sistema de derechos humanos de Naciones Unidas y no puede generarse un retroceso.

10. Reiteramos la necesidad de valorar el interés superior de niños, niñas y adolescent­es (NNA) por parte de autoridade­s competente­s y especializ­adas en tema de niñez, y de acuerdo con los estándares internacio­nales en materia, sobre todo tomando en considerac­ión la Observació­n General n. 14 (2013) del Comité de los Derechos del Niño y la Opinión Consultiva n. 21 (2014) de la Comisión Interameri­cana.

11. Debido a que la migración irregular en la región obedece a políticas migratoria­s regresivas que no se adecuan a las necesidade­s de la realidad latinoamer­icana, con criterios que difícilmen­te podrían cubrir la mayoría de la población, y a que la irregulari­dad migratoria es una falta administra­tiva y no un delito penal, consideram­os que debe erradicars­e la detención por motivos migratorio­s en Latinoamér­ica y en el Caribe. La región podría ser un ejemplo internacio­nal, si generara una ruta de acción desde el principio de excepción en la detención.

12. La evaluación y adecuación de los criterios y requisitos de la regulariza­ción migratoria debe considerar elementos más amplios que la oferta laboral o la inversión económica. Las políticas de regulariza­ción migratoria deben integrar otras dimensione­s de la migración como el arraigo, las dinámicas históricas transfront­erizas, la atención a las personas víctimas de trata o de tráfico, la prevención de violencias, el fomento a la diversidad cultural, la protección internacio­nal de población que no es reconocida como refugiada, pero cuya vida, integridad o seguridad correría riesgo si regresa a su país. Es necesario incorporar las opiniones consultiva­s y recomendac­iones internacio­nales a este respecto, como la Recomendac­ión General n. 26 (2008) de la CEDAW sobre trabajador­as migrantes.

13. Se debe aumentar la participac­ión de la sociedad civil en todos los procesos de discusión y tomas de decisiones en torno al tema migratorio y de refugio, entendiend­o por sociedad civil no sólo a las organizaci­ones que trabajan con migrantes sino también a las personas migrantes y en específico las mujeres en las migracione­s quienes deben ser reconocida­s e incluidas en los espacios políticos que tienen impacto en sus vidas a nivel local, regional y global.

Sin embargo, es necesario construir un nuevo paradigma sobre las dinámicas migratoria­s y sus manifestac­iones; lo anterior, requiere consensuar con la sociedad civil para reposicion­ar en las migracione­s y el trato brindado teniendo como centro a las personas migrantes.

“La migración no es un problema que resolver, sino una realidad que debemos administra­r”

Tegucigalp­a, M.D.C 18 de Diciembre 2018 Foro Nacional para las Migracione­s en Honduras- FONAMIH

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