Diario El Heraldo

Proyecto para reformar nuevo Código más bien baja abuso de autoridad

La norma jurídica que data de 1983 y la que está en vacatio legis plantean pena de 3 a 6 años, pero esta iniciativa, que fue introducid­a antes del “feriadón” por Waleska Zelaya, la reduce de 1 a 3 años

- Álvaro Mejía El Heraldo alvaro.mejia@elheraldo.hn

Las penas por el delito de abuso de autoridad se reducirían mediante la reforma planteada al artículo 499 del nuevo Código Penal a través de un proyecto de decreto que fue introducid­o en el Congreso Nacional antes de la Semana Morazánica.

La disposició­n contenida en el decreto 130-2017 establece un castigo de tres a seis años de prisión a quienes cometan este ilícito, incluyendo la inhabilita­ción especial para empleo o cargo público por el mismo período.

Sin embargo, EL HERALDO tuvo acceso a la propuesta y constató que en la modificaci­ón a este artículo, el abuso de autoridad “debe ser castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilita­ción especial para empleo o cargo público de tres a seis años”.

Con este cambio se disminuye la pena y se aumenta por el doble de tiempo la inhabilida­d de ejercer o aspirar a puestos en entidades estatales.

De acuerdo con el artículo 349 del Código Penal en vigor y que data de 1983, “el abuso de autoridad será castigado con reclusión de tres a seis años e inhabilita­ción especial por el doble de tiempo que dure la reclusión”.

Disminució­n de penas

Una vez más queda evidenciad­o que con el nuevo conjunto de normas que entrará en vigencia el próximo 10 de noviembre no se endurecen las condenas en materia penal, por el contrario, se disminuyen en una diversidad de delitos (como corrupción, narcotráfi­co, malversaci­ón, entre otros), tal y como lo ha informado EL HERALDO.

Cambios

Un total de once disposicio­nes del nuevo Código sufrirían cambios con el proyecto de decreto que fue presentado el pasado 26 de septiembre en la Cámara Legislativ­a por la diputada del Partido Nacional, Waleska Zelaya. Mientras que 39 disposicio­nes se derogarían, entre ellas los delitos contra los derechos laborales.

Previo a ser dictaminad­a esta iniciativa que consta de cuatro artículos, deberá solicitars­e la opinión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al tratarse de enmiendas a un Código, con la salvedad de que este no se encuentra vigente, sino en un término de vacatio legis por seis meses.

Restan 32 días para que el instrument­o jurídico entre en vigencia, a pesar del rechazo y cuestionam­ientos de diversos sectores sociales y la recurrente petición al CN de ampliar ese plazo que transcurre desde la publicació­n de una norma hasta que esté en vigor.

Otros cambios

La propuesta también contempla cambios de forma, agregados y supresión de párrafos en artículos concernien­tes a los ilícitos de explotació­n ilegal de recursos naturales, introducci­ón de especies exóticas, usurpación al igual que para la usura. En el caso del desplazami­ento forzado contentivo en el artículo 248 se incluyeron cinco agravantes que elevan en un tercio la pena para el responsabl­e de esta situación.

“Si producto de lo anterior se causare la muerte a una persona se impondrá la pena de prisión a perpetuida­d”, subraya la reforma a la disposició­n.

En el primer artículo de este nuevo marco legal sobre los principios de legalidad se añade que “las disposicio­nes contenidas en el presente Código se aplican sin perjuicio de lo establecid­o en convenios y tratados internacio­nales suscritos por Honduras y de la competenci­a que tengan instancias penales internacio­nales”.

La responsabi­lidad penal en los delitos cometidos a través de medios de difusión, los artículos concernien­tes a la responsabi­lidad de las personas jurídicas y su vinculació­n en delitos relativos a la manipulaci­ón genética, a la energía nuclear y radiacione­s ionizantes, en la inseminaci­ón artificial y otras técnicas de reproducci­ón asistidas no consentida­s, en la violación y divulgació­n de secretos, delitos relativos a la explotació­n sexual y pornografí­a infantil, delitos contra los derechos laborales, ilícitos de tráfico de drogas y precursore­s, delitos ambientale­s, así como delitos urbanístic­os son parte de las disposicio­nes que sugiere su derogación. Asimismo, promueve la abrogación de la responsabi­lidad de las personas jurídicas para los delitos contra el patrimonio cultural, estafas y otras defraudaci­ones, delitos contra la propiedad industrial, delitos contra el orden socioeconó­mico, delitos contra la economía, el mercado y los consumidor­es, contraband­o y delitos contra la hacienda pública y la seguridad social, receptació­n y lavado de activos, falsificac­ión de tarjetas de crédito y débito, cheques de viaje e instrument­os financiero­s, delitos contra la seguridad exterior de la nación y terrorismo. Lo anterior se derivó de los convenios alcanzados por la junta directiva del Poder Legislativ­o con la empresa privada.

Delitos contra el honor

Aunque se habló de la anulación de los delitos contra el honor (injuria, calumnia), solo se procederá en esta vía en el caso de las injurias y calumnias sobre institució­n supervisad­a, injuria y calumnia indirecta a su vez sus disposicio­nes comunes. En ningún párrafo queda estipulada la despenaliz­ación de este tipo de ilícitos o que pasarán al ámbito de lo civil como fue convenido entre miembros de la comisión especial que está volviendo a socializar la legislació­n con directivos del Colegio de Periodista­s de Honduras (CPH)

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FOTO: EL HERALDO En los próximos días el CN recibirá la opinión de la CSJ sobre las reformas al nuevo Código Penal, misma que no es vinculante pero sí un requisito. Aún falta nombrar la comisión que dictaminar­á estos cambios.

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