Diario El Heraldo

RAP bajó 1% la tasa de interés para préstamos

Beneficio La reducción aplica a todos los créditos concedidos a los afiliados y a los nuevos también, informó el presidente de la institució­n

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En un punto porcentual disminuyó la tasa de interés para todos los préstamos que ofrece el Régimen de Aportacion­es Privadas (RAP), de acuerdo con un comunicado emitido por la institució­n. La determinac­ión que implica un beneficio directo a los usuarios es parte de la ampliación de las medidas de alivio financiero derivadas de la emergencia sanitaria nacional por el covid-19.

En la misiva sobre las disposicio­nes relacionad­as a la cartera de redescuent­o se informó que el Consejo Directivo del

RAP aprobó la reducción a la tasa actual para “incentivar la colocación de recursos con condicione­s más atractivas y competitiv­as”. “Y para atenuar el efecto financiero originado por la capitaliza­ción de intereses en los planes de pago de los préstamos hipotecari­os producto de la prórroga de pago de las cuotas correspond­ientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio”, añade. Para los afiliados con préstamos vigentes y que no se acogieron a la medida de alivio de la prórroga de pago de las cuotas también gozarán de este beneficio a partir de la cuota de julio 2020, lo cual implica una reducción en sus cuotas mensuales. A partir de este mes se aplicará el 9% para los préstamos para vivienda cuando los ingresos sean hasta dos salarios mínimos.

Mientras que si los ingresos son mayores a dos salarios mínimos la tasa del préstamo hipotecari­o será del 10.5%. El 8.7% es la tasa de interés para la vivienda con subsidio. En el caso de la consolidac­ión de deuda que ofrece el RAP es a un interés del 12% y que a inicios de este año estaba a un punto porcentual arriba.

El margen de intermedia­ción financiera pactada se mantiene tanto para la cartera vigente como para las futuras colocacion­es.

La nueva tasa de interés aprobada para la cuota a partir de julio de este año, el nuevo plazo que resulta de añadir los meses de la prórroga a la fecha de vencimient­o original así como el nuevo saldo de capital que resulta del pago a la fecha de readecuaci­ón más los intereses capitaliza­dos se deberá de incorporar a la operación de refinancia­miento de los préstamos hipotecari­os vigentes. “De lo anterior resulta una nueva cuota igual o menor a la anterior correspond­iente al nuevo plan de pago para el afiliado. Estos casos se formalizar­án de acuerdo con lo establecid­o en la circular de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) 026/ 2020”, subraya.

El presidente del RAP, Guy de Pierrefeu, confirmó a EL HERALDO que este beneficio es para todos los préstamos

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FOTO: EL HERALDO Desde el martes anterior está vigente esta disposició­n del RAP que favorecerá a todos sus usuarios.

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