RAP bajó 1% la tasa de interés para préstamos
Beneficio La reducción aplica a todos los créditos concedidos a los afiliados y a los nuevos también, informó el presidente de la institución
En un punto porcentual disminuyó la tasa de interés para todos los préstamos que ofrece el Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), de acuerdo con un comunicado emitido por la institución. La determinación que implica un beneficio directo a los usuarios es parte de la ampliación de las medidas de alivio financiero derivadas de la emergencia sanitaria nacional por el covid-19.
En la misiva sobre las disposiciones relacionadas a la cartera de redescuento se informó que el Consejo Directivo del
RAP aprobó la reducción a la tasa actual para “incentivar la colocación de recursos con condiciones más atractivas y competitivas”. “Y para atenuar el efecto financiero originado por la capitalización de intereses en los planes de pago de los préstamos hipotecarios producto de la prórroga de pago de las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio”, añade. Para los afiliados con préstamos vigentes y que no se acogieron a la medida de alivio de la prórroga de pago de las cuotas también gozarán de este beneficio a partir de la cuota de julio 2020, lo cual implica una reducción en sus cuotas mensuales. A partir de este mes se aplicará el 9% para los préstamos para vivienda cuando los ingresos sean hasta dos salarios mínimos.
Mientras que si los ingresos son mayores a dos salarios mínimos la tasa del préstamo hipotecario será del 10.5%. El 8.7% es la tasa de interés para la vivienda con subsidio. En el caso de la consolidación de deuda que ofrece el RAP es a un interés del 12% y que a inicios de este año estaba a un punto porcentual arriba.
El margen de intermediación financiera pactada se mantiene tanto para la cartera vigente como para las futuras colocaciones.
La nueva tasa de interés aprobada para la cuota a partir de julio de este año, el nuevo plazo que resulta de añadir los meses de la prórroga a la fecha de vencimiento original así como el nuevo saldo de capital que resulta del pago a la fecha de readecuación más los intereses capitalizados se deberá de incorporar a la operación de refinanciamiento de los préstamos hipotecarios vigentes. “De lo anterior resulta una nueva cuota igual o menor a la anterior correspondiente al nuevo plan de pago para el afiliado. Estos casos se formalizarán de acuerdo con lo establecido en la circular de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) 026/ 2020”, subraya.
El presidente del RAP, Guy de Pierrefeu, confirmó a EL HERALDO que este beneficio es para todos los préstamos