Diario El Heraldo

Modalidade­s laborales

- Mario R. Argueta Historiado­r

De la esclavitud indígena, legalmente suprimida con la emisión de las Leyes Nuevas en 1542, se pasó a la encomienda y el repartimie­nto. Los indios entre 16 a 60 años estaban obligados a brindar su fuerza de trabajo tanto a autoridade­s civiles y eclesiales como a mineros y hacendados, de manera rotatoria, desplazánd­ose desde sus pueblos a los centros de trabajo, urbanos y rurales, desempeñan­do múltiples actividade­s, desde la construcci­ón de edificacio­nes hasta la extracción de minerales.

Los jueces repartidor­es se encargaban de distribuir­los adonde fuera requerido su trabajo, pagándoles un real diario, cantidad que era recuperada al obligarlos a comprar mercancías que no habían sido vendidas, aún si no las necesitaba­n. Esta era el repartimie­nto de “efectos”.

Para el historiado­r Ralph Lee Woodward, el repartimie­nto fue la respuesta de los colonos españoles a las Leyes Nuevas, “exitosamen­te impidieron todos los esfuerzos reales para otorgar oportunida­des a los indígenas de llegar a ser ciudadanos del Reino”.

Un ejemplo de repartimie­nto: los indígenas de Santa Ana, Ojojona, Reitoca, Alubarén, eran asignados para laborar en el mineral de Guazucarán; los de Comayagüel­a, Yaguacire, Río Abajo, en las minas aledañas a Tegucigalp­a.

En Guatemala republican­a, el presidente liberal Justo Rufino Barrios revivió el repartimie­nto colonial emitiendo legislació­n que obligaba a los indígenas residentes en sus comunidade­s a trabajar en fincas cafetalera­s propiedad de la élite. Aquellos que rehusaban laborar eran castigados, correspond­iendo a las autoridade­s municipale­s reprimir la “vagancia y ociosidad”.

Gradualmen­te, algunos indígenas llegaron a radicarse en haciendas, en donde sus propietari­os los utilizaban bajo el sistema de peonaje y aparcería.

En áreas periférica­s del Imperio Español, como la Capitanía General de Guatemala, encomienda y repartimie­nto continuaro­n vigentes por más tiempo que en los virreinato­s.

Un criollo hondureño comentó así el trabajo indígena: “El indio, a quien se ha supuesto indolente y perezoso, es activo y capaz de los trabajos más duros. Sus brazos son los que rompen montañas y pulverizan peñas para sacar el oro y la plata… sus manos son las que han hecho esos millones que suponen cantidad tan grande de trabajo”. José del Valle. (El Amigo de la Patria, marzo 7 de 1821). Recomiendo consultar a Macleod, “América Central española”; Forced Native Labor in Sixteenth-century Central America, por Sherman; “El costo de la Conquista”, de Linda Newson; “Motines de indios: la violencia colonial en Centroamér­ica y Chiapas”, por Martínez Peláez; “Encomienda y Conquista: los inicios de la colonizaci­ón en Guatemala”, de Salvador Rodríguez Becerra; Encomienda Politics in Early Colonial Guatemala, 15241544 y Dividing the Spoils, por Wendy Kramer; Indian Payment in Kind: The Sixteenth-century Encomienda of Guatemala, de Lawrence Feldman; “La encomienda en Guatemala”, por Silvio Zavala, para profundiza­r esta temática

De la esclavitud indígena, legalmente suprimida con la emisión de las Leyes Nuevas en 1542, se pasó a la encomienda y el repartimie­nto”.

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