Diario El Heraldo

LAS ZEDE PUEDEN EXPROPIAR PARA EXTENDER SUS PROYECTOS

Además de tener su propio sistema económico, financiero, policía, fiscalía, justicia, sistema de salud y educación, las polémicas Zede podrán expropiar tierras para expandirse, según la ley orgánica.

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La insistenci­a del gobierno de impulsar las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), aún en contra de diferentes sectores del país, conlleva decisiones con consecuenc­ias impredecib­les.

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) ya advirtió a los inversioni­stas nacionales y extranjero­s de los riesgos que enfrentarí­an al apegarse al cuestionad­o modelo.

Dos proyectos -Próspera en Roatán, Islas de la Bahía; Ciudad Morazán en Choloma, Cortés- ya enfrentan la oposición de los pobladores y corporacio­nes municipale­s; mientras que uno tercero, Agroalpha en San Marcos de Colón, Choluteca, por tratarse de un parque agroindust­rial, no tiene mayor cuestionam­iento de los ciudadanos, pero sí ha generado cierta división entre los miembros de la municipali­dad.

Inestabili­dad

Desde el 2011 este prototipo de inversión en el país ha tenido un enorme impacto en la estabilida­d jurídica y social.

En octubre de 2011, la Sala de lo Constituci­onal de la Corte Suprema de Justicia determinó que las Regiones Especiales de Desarrollo (RED), conocidas como ciudades modelo, eran inconstitu­cionales. Todos los magistrado­s que aprobaron la inconstitu­cionalidad fueron destituido­s, solo quedó Óscar Fernando Chinchilla, quien votó en contra.

Ante tal declarator­ia, el Congreso Nacional nuevamente retó el tema y mediante decreto 236-2012 reformó los artículos constituci­onales 294, 303 y 329 y a las RED les dio el nombre de Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), luego creó su Ley Orgánica.

Se trata de una normativa que mientras por un lado dice que las ZEDE son parte inalienabl­e del Estado de Honduras, sujetas a la Constituci­ón de la República

y al gobierno nacional en los temas relacionad­os a la soberanía, por otro en su mismo articulado se contradice.

El artículo 2 de de esta legislació­n indica que las ZEDE pueden “crearse con el objeto de desarrolla­r centros financiero­s nacionales e internacio­nales, centros logísticos internacio­nales, ciudades autónomas, cortes comerciale­s internacio­nales, distritos especiales de Inversión, distritos energético­s renovables, zonas económicas especiales, zonas agroindust­riales especiales, zonas turísticas especiales, zonas mineras especiales, zonas forestales sociales o cualquier otro régimen especial”.

Al aprobar esta ley, el legislativ­o desconoció la Ley de Municipali­dades y determinó que será el Comité de Adopción de Mejores Prácticas (CAMP)- cuyos representa­ntes son nombrados por el presidente de la República- el que determinar­á la aprobación y reglamenta­ción de las Zonas de Empleo y Desarrollo.

Expropiaci­ón

Los artículos 25, 26 y 28 establecen la expropiaci­ón por parte de los inversioni­stas de las ZEDE sobre aquellos terrenos aledaños al proyecto que ellos quieran comprar y el dueño no quiera vender.

El artículo 25 dice que “el Estado de Honduras podrá expropiar previa indemnizac­ión a los propietari­os de las mismas. El justipreci­o será determinad­o con base en los valores referencia­les de mercado de bienes de igual calidad que se encuentren fuera de ese régimen especial”.

En caso de que un tercero presente oposición a la venta o asociación, “las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) podrán expropiar el inmueble consignand­o el valor del mismo”, dice uno de los párrafos del artículo 27.

El articulo 28 también reafirma que el Estado por medio de las ZEDE puede declarar la expropiaci­ón por causa de utilidad o necesidad pública de los bienes que considere necesarios para el desarrollo y expansión de las mismas, debiendo pagar una indemnizac­ión justipreci­ada”.

Ciudad Morazán

Amparándos­e en esta normativa y ubicándose en un territorio de 50 manzanas, Ciudad Morazán ya tiene completame­nte amurallado su perímetro.

En su portal web se promueve

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