Exceso de la fuerza policial
Las protestas son una forma legítima de expresión, denuncia, protesta o apoyo ante diversos acontecimientos. En uno de sus tantos informes, la CIDH establece que, cualquiera sea la modalidad de la protesta, los instrumentos interamericanos establecen que el derecho de reunión debe ejercerse de manera pacífica y sin armas (...), y reconoce que los Estados tienen el deber de adoptar las medidas necesarias para evitar actos de violencia, garantizar la seguridad de las personas y el orden público. Sin embargo, plantean que al hacer uso de la fuerza en estos contextos los Estados deben adoptar medidas proporcionales al logro de estos objetivos y no obstaculizar de manera arbitraria el ejercicio de los derechos en juego en las protestas.
Claro está que las autoridades policiales hondureñas no observaron estos preceptos en el manejo de los hechos ocurridos ayer en San Pedro Sula, donde pobladores salieron a exigir al gobierno la pronta construcción de los bordos de los ríos Chamelecón y Ulúa destruidos por los huracanes Eta y Iota, y que todavía hoy, seis meses después, siguen sin ser reparados. Sus demandas no fueron escuchadas, más bien fueron desalojados con uso excesivo de la fuerza, la que quedó expuesta en videos grabados con teléfonos celulares, y en los que se ve a una niña de nueve años con una herida de bala en sus piernas y a un hombre sangrando de su rostro.
Las acciones policiales han elevado los niveles de indignación de los pobladores que tienen vivos los recuerdos de los momentos de angustia vividos por las inundaciones causadas por Eta y Iota.
La situación es crítica y ante la clara pasividad de las autoridades competentes, no les ha quedado más que recurrir al único mecanismo que tienen para ser escuchados: la protesta, y no se les puede criminalizar por ello, sino más bien escucharlos y plantear las soluciones que demandan, sin dejar de lado la investigación y castigo de quienes abusan del uniforme que portan.