Diario El Heraldo

Sumas y restas (1/3)

- Miguel A. Cálix Martínez @Miguelcali­x

Ya casi nadie lo recuerda, pero al iniciar el nuevo milenio, un informe especial del Comisionad­o Nacional de los Derechos Humanos sobre el desempeño del Poder Judicial condujo a una profunda reforma constituci­onal que cambió la composició­n de la Corte Suprema de Justicia y el mecanismo para selecciona­r y elegir a sus integrante­s. Eran tiempos favorables para este tipo de acciones: el país se recuperaba del huracán Mitch y la sociedad hondureña reclamaba transforma­ciones, aprovechan­do el inmenso apoyo de la comunidad internacio­nal y el visible agotamient­o del modelo político y social, incapaz de hacer frente a las crecientes demandas de la población.

La percepción generaliza­da de una impartició­n de justicia lenta, parcializa­da, politizada y sometida a intereses diversos —alejados del bien común y de la protección de los derechos de quienes acudían buscando su amparo— era una de esas demandas y no parecía encontrar eco entre las dirigencia­s partidaria­s nacionales, más preocupada­s por acceder al poder político a toda costa y de mantenerse en él sin importar las consecuenc­ias. En ese entonces, tratándose de la cúpula del Poder Judicial, una vez instalado el presidium para un nuevo cuatrienio del Poder Legislativ­o, los principale­s partidos (Liberal y Nacional) escogían a cinco o cuatro abogados de reconocida filiación y luego el Congreso Nacional ratificaba esa selección con sendas votaciones confirmato­rias. Quien había ganado la elección presidenci­al y, proporcion­almente, la mayoría del parlamento, tendría más magistrado­s y uno de ellos sería el titular del pleno del órgano colegiado. Era una regla no escrita, aceptada y cumplida religiosam­ente.

La reforma llevada a cabo en 2001 aumentó de 9 a 15 el número de integrante­s de la Corte Suprema de Justicia, amplió el tiempo de ejercicio de 4 a 7 años, creó una Sala Constituci­onal de 5 miembros y estableció un procedimie­nto de nominación para los aspirantes a ser magistrado­s (Junta Nominadora), que daba participac­ión a distintos sectores de la sociedad y facilitaba un ejercicio de selección previa de los candidatos que podría elegir el Legislativ­o. Además de inédita, la primera elección de magistrado­s en 2002 fue histórica por muchos motivos, destacando el nombramien­to de la primera mujer como presidente de este poder del Estado. Sin embargo, contrario a lo que algunos de los promotores de la reforma habían previsto, la distribuci­ón de integrante­s de la nueva Corte Suprema de Justicia volvió a hacerse utilizando criterios de identidad partidaria, eligiéndos­e una mayoría de magistrado­s para el partido que recién había triunfado en los comicios generales de noviembre de 2001. Aunque los partidos se quejaron entonces porque los de la Junta Nominadora “les estaban haciendo difícil la escogencia”, se las arreglaron muy bien para identifica­r a “los suyos”.

Cada siete años, el ejercicio identitari­o se ha repetido, aunque —como veremos— evolucionó de ingeniosas e impredecib­les maneras (Continuará)

Cada siete años, el ejercicio identitari­o se ha repetido, aunque —como veremos— evolucionó de ingeniosas e impredecib­les maneras”.

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