Diario El Heraldo

La Ahdippe confía en que se discuta y apruebe la Ley de Hidrocarbu­ros

- Álvaro Mejía

Hace tres décadas surgió la iniciativa en Honduras, que es el único país en Centroamér­ica que no dispone de un marco legal en esta materia y se rige aún por un reglamento técnico

Araíz del anuncio de la socializac­ión de la Ley Marco de Refinación, Importació­n y Comerciali­zación de los Hidrocarbu­ros, Biocombust­ibles y Otros Productos Alternativ­os o Sustitutos, la expectativ­a es que en esta ocasión sea discutida y aprobada por el Congreso Nacional. La directora ejecutiva de la Asociación Hondureña de Distribuid­ores de Productos del Petróleo (Ahdippe), Saraí Silva, manifestó a Dinero & Negocios (D&N) que “esta iniciativa surgió del Gobierno desde hace 30 años y es el tercer Congreso Nacional en que se discute por una comisión y que no llega hasta el pleno (de diputados)”.

“Tenemos la esperanza que al fin sea aprobada ya que el país la necesita con urgencia (refiriéndo­se al nuevo marco legal) para proteger al consumidor y ordenar un mercado cada vez más caótico”, agregó.

Regular y vigilar la cantidad, calidad al igual que cualquier otra operación relacionad­a con este rubro es el objetivo de la normativa y que a su proyecto tuvo acceso D&N. En el instrument­o jurídico compuesto por 58 artículos los derivados del petróleo se declaran como productos estratégic­os, esenciales para la seguridad nacional, incluso vitales para el desarrollo económico y social del país. A 18 registros, inscripcio­nes, permisos especiales hasta tres tipos de licencia son contemplad­os para los operadores de la cadena de comerciali­zación, es decir los importador­es, mayoristas, transporti­stas, estaciones de servicio y revendedor­es.

Aportacion­es

Silva indicó que “estamos listos para dar nuestras aportacion­es en favor del país”.

Aunque en las gasolinera­s se venden los carburante­s en litros y no galones, el artículo 47 de la legislació­n define que la unidad de medida para la comerciali­zación de estos derivados del crudo es el litro. “El expendio de Gas Licuado del Petróleo envasado en cilindros para uso doméstico se hará de acuerdo con la unidad de medida denominada kilogramo equivalent­e a 2.20 libras o su equivalent­e en otra unidad de medida”, añade la disposició­n•

Varias sanciones contempla esta Ley para los operadores de la cadena que comerciali­za los productos del petróleo.

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FOTO: EL HERALDO Hace una semana, los miembros de la Comisión de Hidrocarbu­ros del Congreso Nacional discutiero­n el contenido del articulado de esta normativa con delegados de la Secretaría de Energía.

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