La Ahdippe confía en que se discuta y apruebe la Ley de Hidrocarburos
Hace tres décadas surgió la iniciativa en Honduras, que es el único país en Centroamérica que no dispone de un marco legal en esta materia y se rige aún por un reglamento técnico
Araíz del anuncio de la socialización de la Ley Marco de Refinación, Importación y Comercialización de los Hidrocarburos, Biocombustibles y Otros Productos Alternativos o Sustitutos, la expectativa es que en esta ocasión sea discutida y aprobada por el Congreso Nacional. La directora ejecutiva de la Asociación Hondureña de Distribuidores de Productos del Petróleo (Ahdippe), Saraí Silva, manifestó a Dinero & Negocios (D&N) que “esta iniciativa surgió del Gobierno desde hace 30 años y es el tercer Congreso Nacional en que se discute por una comisión y que no llega hasta el pleno (de diputados)”.
“Tenemos la esperanza que al fin sea aprobada ya que el país la necesita con urgencia (refiriéndose al nuevo marco legal) para proteger al consumidor y ordenar un mercado cada vez más caótico”, agregó.
Regular y vigilar la cantidad, calidad al igual que cualquier otra operación relacionada con este rubro es el objetivo de la normativa y que a su proyecto tuvo acceso D&N. En el instrumento jurídico compuesto por 58 artículos los derivados del petróleo se declaran como productos estratégicos, esenciales para la seguridad nacional, incluso vitales para el desarrollo económico y social del país. A 18 registros, inscripciones, permisos especiales hasta tres tipos de licencia son contemplados para los operadores de la cadena de comercialización, es decir los importadores, mayoristas, transportistas, estaciones de servicio y revendedores.
Aportaciones
Silva indicó que “estamos listos para dar nuestras aportaciones en favor del país”.
Aunque en las gasolineras se venden los carburantes en litros y no galones, el artículo 47 de la legislación define que la unidad de medida para la comercialización de estos derivados del crudo es el litro. “El expendio de Gas Licuado del Petróleo envasado en cilindros para uso doméstico se hará de acuerdo con la unidad de medida denominada kilogramo equivalente a 2.20 libras o su equivalente en otra unidad de medida”, añade la disposición•
Varias sanciones contempla esta Ley para los operadores de la cadena que comercializa los productos del petróleo.