Ley de Inspección impone sanciones
TRABAJO. El innovador instrumento legal ya está vigente tras su publicación en La Gaceta
TEGUCIGALPA. Multas de hasta 300,000 lempiras son, entre otras, las sanciones que enfrentarán los patronos por el incumplimiento de las normas laborales en un nuevo marco regulatorio contenido en la Ley de Inspección del Trabajo, que ya está vigente. Esta normativa, bajo el decreto legislativo 178-2016, fue publicada el 15 de marzo de 2017 en el diario oficial La Gaceta. El instrumento jurídico fue aprobada por el Congreso Nacional este 17 de enero. Multas pecuniarias que van de los 5,000 hasta los 300,000 lempiras estipula la legislación, ya sea por perjudicar los intereses económicos de más de un trabajador o al grado de atentar contra la libertad de asociación sindical por medio de amenazas. Las reincidencias en la comisión de una infracción administrativa darán lugar a la aplicación de nuevas sanciones con un 25% de incremento la primera vez sobre el perjuicio económico causado, que se incrementará hasta el 40% en sucesivas ocasiones. La Secretaría de Trabajo, a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo, es la encargada de la aplicación de este estamento legal elaborado por el Consejo Económico Social (CES). El Sistema de Registro Nacional Simplificado de Patronos se crea mediante esta ley en la cual se debe inscribir a todos los empleadores, sin excepción alguna. Las inspecciones en los centros de trabajo podrán efectuarse en días y horas hábiles e inhábiles. Aún falta la reglamentación de la ley.