De los delitos contra el honor
Nuevamente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de su relator especial, y ante la tozudez de los legisladores hondureños para despenalizar los delitos de injurias y calumnia, llamados contra el honor, pone este tema en el tapete de la discusión aprovechando que el Congreso Nacional discute un nuevo Código Penal y moderniza esta legislación. Fue en el gobierno (o desgobierno) de don Pepe Lobo que se introdujo por primera vez este tema y fue el mismo exmandatario que lo anunció a la prensa supuestamente como un avance en las garantías que protegen y tutelan el ejercicio de la libertad de expresión, de opinión y el acceso a la información pública. En aquel momento, algunos pusieron el grito en el cielo al pensar que esta iniciativa de ley buscaba fomentar el libertinaje y otorgar “perdón y olvido” para quienes critiquen, injurien o difamen a los personajes de la política criolla y a los funcionarios. La propuesta estaba orientada a homologar la legislación hondureña con los estándares internacionales que en materia de libertad de expresión promueve la CIDH y las relatorías de derechos humanos que existen en el mundo, como la referida al principio de este comentario, y que han encontrado eco en la mayoría de los países latinoamericanos que ya han derogado estas figuras penales. Pero esta iniciativa quedó en el camino cuando llegó al Legislativo. Su presidente don Juan Hernández declaró su oposición por considerarla “una aberración” al estimar erróneamente que buscaba proteger a los dueños de los medios de comunicación. Y ahí quedó todo, se impuso un criterio obtuso y el proyecto digno de un mejor derrotero fue abandonado como tantos otros. Nuestro país debe adecuar, como lo propone la Comisión Interamericana, su legislación penal sobre esta clase de delitos de tal modo que solamente puedan aplicarse sanciones de tipo civil indemnizatorio en el caso de las ofensas a funcionarios públicos cuando se produzcan con malicia, al saber el autor de la información que la misma era falsa. Solo en este caso es que el funcionario ofendido podría recurrir y reclamar ante el fuero civil. Desde aquel momento no ha habido avances para derogar los delitos contra el honor, aunque sí se derogó la figura del desacato. Ahora nuevamente se menciona este tema por el señor Edison Lanza, relator especial de la CIDH, quien ha manifestado que “cuando el Congreso se apresta a aprobar un Código integral es una buena oportunidad para que se adopten los estándares interamericanos en materia de responsabilidad ulterior por el ejercicio de la libertad de expresión”.
“Hayqueadecuar lalegislación penalpara despenalizarlos delitosllamados contraelHonor”