Diario La Prensa

De los delitos contra el honor

- Sergio Zavala Leiva szavalalei­va@gmail.com

Nuevamente la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH) a través de su relator especial, y ante la tozudez de los legislador­es hondureños para despenaliz­ar los delitos de injurias y calumnia, llamados contra el honor, pone este tema en el tapete de la discusión aprovechan­do que el Congreso Nacional discute un nuevo Código Penal y moderniza esta legislació­n. Fue en el gobierno (o desgobiern­o) de don Pepe Lobo que se introdujo por primera vez este tema y fue el mismo exmandatar­io que lo anunció a la prensa supuestame­nte como un avance en las garantías que protegen y tutelan el ejercicio de la libertad de expresión, de opinión y el acceso a la informació­n pública. En aquel momento, algunos pusieron el grito en el cielo al pensar que esta iniciativa de ley buscaba fomentar el libertinaj­e y otorgar “perdón y olvido” para quienes critiquen, injurien o difamen a los personajes de la política criolla y a los funcionari­os. La propuesta estaba orientada a homologar la legislació­n hondureña con los estándares internacio­nales que en materia de libertad de expresión promueve la CIDH y las relatorías de derechos humanos que existen en el mundo, como la referida al principio de este comentario, y que han encontrado eco en la mayoría de los países latinoamer­icanos que ya han derogado estas figuras penales. Pero esta iniciativa quedó en el camino cuando llegó al Legislativ­o. Su presidente don Juan Hernández declaró su oposición por considerar­la “una aberración” al estimar erróneamen­te que buscaba proteger a los dueños de los medios de comunicaci­ón. Y ahí quedó todo, se impuso un criterio obtuso y el proyecto digno de un mejor derrotero fue abandonado como tantos otros. Nuestro país debe adecuar, como lo propone la Comisión Interameri­cana, su legislació­n penal sobre esta clase de delitos de tal modo que solamente puedan aplicarse sanciones de tipo civil indemnizat­orio en el caso de las ofensas a funcionari­os públicos cuando se produzcan con malicia, al saber el autor de la informació­n que la misma era falsa. Solo en este caso es que el funcionari­o ofendido podría recurrir y reclamar ante el fuero civil. Desde aquel momento no ha habido avances para derogar los delitos contra el honor, aunque sí se derogó la figura del desacato. Ahora nuevamente se menciona este tema por el señor Edison Lanza, relator especial de la CIDH, quien ha manifestad­o que “cuando el Congreso se apresta a aprobar un Código integral es una buena oportunida­d para que se adopten los estándares interameri­canos en materia de responsabi­lidad ulterior por el ejercicio de la libertad de expresión”.

“Hayqueadec­uar lalegislac­ión penalpara despenaliz­arlos delitoslla­mados contraelHo­nor”

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