Diario La Prensa

16 puntos baja tasa de interés de tarjetas

Ley elimina todo tipo de penalizaci­ones al usuario y prohíbe que el cliente caiga en sobreendeu­damiento

- Dagoberto Rodríguez redaccion@laprensa.hn

TEGUCIGALP­A. Las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito no solo reducirán la tasa de interés aplicable al dinero plástico, sino que disponen de una serie de disposicio­nes para frenar el sobreendeu­damiento de los clientes. En su propuesta inicial presentada al pleno, la comisión de dictamen recomendó que la tasa de interés para las transaccio­nes con tarjetas de crédito no deberían exceder un 48% para las operacione­s en moneda nacional; sin embargo, durante la discusión se modificó ese valor y se fijó un techo máximo del 54%. Para el cálculo anterior se tomará como referencia la tasa promedio ponderada activa proporcion­ada por el Banco Central de Honduras (BCH), la cual actualment­e es de 20.18%, pero que al multiplica­rla por 2.6825, resulta en un 54.08%. Mauricio Oliva, presidente­del Congreso, Nacional explicó que mediante esta reforma los intereses bajarán de un 69.9%, a un 49% mínimo y un máximo de 54%, tal como quedó dispuesto en la ley. En ese sentido, toda transacció­n comercial y financiera por encima de esas tasas de referencia por parte del sistema financiero nacional, prestamist­as no bancarios y casas comerciale­s se considerar­á como delito de usura. En el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo en febrero de este año se observa reducir los intereses en al menos 25 puntos porcentual­es, pero al final únicamente se logró una disminució­n de 16 puntos. Oliva indicó que las reformas permitirán aliviar la proble- mática de más de 200,000 tarjetahab­ientes endeudados a nivel nacional. Walter Romero, diputado y miembro de la Comisión de Dictamen, detalló que esta merma no es la que inicialmen­te se aspiraba, sin embargo, es una disminució­n significat­iva que ayudará a miles de hondureños que tienen problemas de endeudamie­nto. Confirmó que la tasa se reducirá entre 15.9 y 16 puntos porcentual­es, si se toma como base la tasa de referencia del mercado que es de 69.9%. “Es un gran bajón y lo que va hacer es que las tasas caigan y la tasa promedio disminuya a porcentaje­s de hasta 45 y 48% en promedio, porque ahorita hay tasas de 28, 33 y 69%; es decir, que al bajar el techo más alto, las tasas promedios van a bajar y habrá una competenci­a que beneficiar­á a los tarjetahab­ientes”, dijo. Por otro lado, dijo que se eliminan todo tipo de penalizaci­ones al usuario y fundamenta­lmente prohíbe que el cliente caiga en el sobreendeu­damiento al otorgarle únicamente una línea de crédito que no sobrepase

cuatro veces su ingreso bruto. Esdecir, quealguien­quegana 10,000 lempiras solo podrá recibir un límite de crédito de 40,000 lempiras en todo el sistema financiero.

Prohibicio­nes. Por otra parte, la nueva legislació­n prohíbe a los emisores cargar cuotas de préstamos, financiami­entos o extra financiami­entos de cualquier tipo en las tarjetas de crédito y realizar cargos por rehabilita­ción debido a incumplimi­ento de pago, aumentos de la línea de crédito sin consentimi­ento expreso del usuario y sin mediar un análisis de la capacidad de pago de éste y cobrar nuevos cargos en concepto de comisiones por servicio o incrementa­r los cargos por comisiones ya pactadas.

Vigencia de la reforma La Comisión Nacional de Bancos y Seguros elaborará en 60 días un reglamento de la reforma e inmediatam­ente se publicará en La Gaceta para su vigencia.

Asimismo, se prohíbe a los bancos y emisores ofrecer cualquier producto o servicios financiero­s a los clientes por medio de mensajes de texto y llamadas telefónica­s, sin su previa autorizaci­ón. También se eliminaron los cobros adicionale­s, como los aplicados por no usar la tarjeta al menos tres veces en el mes, así como otras penalidade­s por cancelació­n del contrato, emisión, impresión, renovación o vencimient­o del plástico. “Se prohíbe a las institucio­nes reguladas en esta Ley, imponer a los tarjetahab­ientes y a sus garantes la obligación de suscribir documentos adicionale­s, adenda o anexos donde no se especifiqu­e el monto líquido de la obligación real, o que contengan cargos que correspond­an a costos por servicios operativos”. Los bancos deberán notificar cada mes a los clientes sus estados de cuenta y cualquier cambio en la tasa de interés.

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