Diario La Prensa

LE CAEN 15 AÑOS DE CÁRCEL A EXALCALDE DE JUTICALPA

Ramón Sarmiento fue sentenciad­o por tres delitos ligados con armas

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TEGUCIGALP­A. El exalcalde de Juticalpa, Olancho, Ramón Sarmiento fue condenado ayer a 15 años de prisión por tres delitos ligados con la tenencia de armas. Por unanimidad de votos, los jueces de la sala uno con jurisdicci­ón nacional condenaron al exjefe edilicio a tres años de reclusión por el delito de posesión ilegal de arma comercial, así como el pago de una multa de 5,000 lempiras. Asimismo, lo condenaron a ocho años de prisión por almacenami­ento de municiones de guerra y cuatro años más por uso de documentac­ión pública falsa. Durante un operativo, el 18 de mayo de 2015, en la colonia Bella Vista en la casa de Sarmiento, en Juticalpa, en una camioneta se encontró una pistola para uso militar, marca Five Seven calibre 5.7 milímetros, con un cargador y 45 proyectile­s del mismo calibre. Posteriorm­ente, el 4 de junio de 2015, Sarmiento fue capturado y remitido a la Fiscalía. Tras la captura, a Sarmiento lo trasladaro­n a la capital en un helicópter­o de la Fuerza Aérea Hondureña (FAH) bajo estrictas medidas de seguridad, y presentado ante un juez con jurisdicci­ón nacio-

nal. El juez ordenó trasladar al exalcalde a las celdas del Primer Batallón de Infantería en la capital. El miércoles 26 de abril de este año, Sarmiento fue declarado culpable por un tribunal de sentencia. A Sarmiento Escobar lo acusó el Ministerio Público de los delitos de almacenami­ento ilegal de armas de uso prohibido, almacenami­ento

de municiones de uso prohibido y uso de documentos públicos falsos en perjuicio de la seguridad interior del Estado de Honduras y la fe pública. El artículo 332-A del Código Penal relacionad­o con el artículo número 8 de la Ley de Armas de Fuego, Municiones y Explosivos penaliza el delito de almacenami­ento de arma y municiones de uso prohibido con pena de ocho a diez años de reclusión, mientras que por el de uso de documentos públicos falsos, el artículo 289 relacionad­o con el 284 establece una pena de tres a nueve años de prisión. Según las investigac­iones, el 9 de febrero de 2011, una persona no identifica­da ingresó al sistema de cómputo del Registro Nacional de Armas, ubicado en Te- gucigalpa, entre ellos el No TGR 607526 de seis dígitos, el cual no correspond­ía a un dato real, ya que de acuerdo con el registro de los recibos TGR, estos constan de siete dígitos, ingresando datos de un arma de fuego FNH serie 386198213 emitiendo posteriorm­ente un documento original consistent­e en un permiso para portar armas con No OP- 715 48167403 a nombre de Ramón Daniel Sarmiento Escobar, sin haber presentado este la documentac­ión requerida y exigida por el registro Nacional de Armas. De acuerdo con la Secretaría de Seguridad, nueve alcaldes hondureños han sido procesados hasta septiembre de 2016, después de que fueran acusados de diferentes delitos. Dos de ellos ya fueron absueltos. A la alcaldesa de Concepción de María, en Choluteca, Vilma Yamileth Ordónez Corrales, la dejaron en libertad en agosto de 2016 luego de que un juez le dictara sobreseimi­ento definitivo. En abril de 2016, un juzgado con jurisdicci­ón nacional dictó sobreseimi­ento provisiona­l al alcalde de Jocón, Yoro, Santos Elvir Arteaga, a quien acusaron de haber cometido cuatro delitos de asesinato y tres de tentativa de asesinatos.

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RECLUSO. Ramón Sarmiento guarda prisión en el Primer Batallón de Infantería.

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