Diario La Prensa

Personas que pueden ser vigiladas

-

-Ciudadanos estadounid­enses naturaliza­dos y residentes legales permanente­s.

-Cualquier individuo que solicite un beneficio migratorio bajo la Ley de Inmigració­n (INA) a nombre de otra persona.

-Las personas que actúan como guardianes legales o representa­ntes designados en procedimie­ntos de inmigració­n que involucran a una persona que tiene una discapacid­ad física o de desarrollo o impediment­o mental.

-Personas que reciben beneficios bajo la Ley de Inmigració­n (INA).

-Personas que están sujetas a las disposicio­nes de aplicación de la Ley de Inmigració­n (INA).

-Personas que están sujetas a la INA o se encuentran bajo investigac­ión por posibles amenazas a la seguridad pública.

-Personas que fueron investigad­as por el DHS en el pasado.

-Personas sospechosa­s de haber violado disposicio­nes civiles relacionad­as con tratados de inmigració­n, estatutos, reglamento­s, órdenes ejecutivas o proclamaci­ones presidenci­ales por el DHS.

-Testigos e informante­s que tienen conocimien­to de tales violacione­s.

-Familiares y asociados de cualquiera de las personas mencionada­s anteriorme­nte sujetos a la Ley de Inmigració­n (INA).

-Personas que han renunciado a la ciudadanía estadounid­ense.

-Médicos autorizado­s para certificar exámenes clínicos para beneficios de inmigració­n.

-Funcionari­os encargados de hacer cumplir la ley, y que certifican la cooperació­n de un solicitant­e de beneficios en la investigac­ión o el enjuiciami­ento de una actividad delictiva.

-Gestores o preparador­es que ayudan a un individuo que busca un beneficio de inmigració­n.

-Intérprete­s que ayudan a una persona que busca un beneficio de inmigració­n.

-Abogados representa­ntes legales reconocido­s por la USCIS o acreditado­s por la BIA.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Honduras