Personas que pueden ser vigiladas
-Ciudadanos estadounidenses naturalizados y residentes legales permanentes.
-Cualquier individuo que solicite un beneficio migratorio bajo la Ley de Inmigración (INA) a nombre de otra persona.
-Las personas que actúan como guardianes legales o representantes designados en procedimientos de inmigración que involucran a una persona que tiene una discapacidad física o de desarrollo o impedimento mental.
-Personas que reciben beneficios bajo la Ley de Inmigración (INA).
-Personas que están sujetas a las disposiciones de aplicación de la Ley de Inmigración (INA).
-Personas que están sujetas a la INA o se encuentran bajo investigación por posibles amenazas a la seguridad pública.
-Personas que fueron investigadas por el DHS en el pasado.
-Personas sospechosas de haber violado disposiciones civiles relacionadas con tratados de inmigración, estatutos, reglamentos, órdenes ejecutivas o proclamaciones presidenciales por el DHS.
-Testigos e informantes que tienen conocimiento de tales violaciones.
-Familiares y asociados de cualquiera de las personas mencionadas anteriormente sujetos a la Ley de Inmigración (INA).
-Personas que han renunciado a la ciudadanía estadounidense.
-Médicos autorizados para certificar exámenes clínicos para beneficios de inmigración.
-Funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y que certifican la cooperación de un solicitante de beneficios en la investigación o el enjuiciamiento de una actividad delictiva.
-Gestores o preparadores que ayudan a un individuo que busca un beneficio de inmigración.
-Intérpretes que ayudan a una persona que busca un beneficio de inmigración.
-Abogados representantes legales reconocidos por la USCIS o acreditados por la BIA.