Diario La Prensa

Aguinaldo y vacaciones incluye ley para trabajo doméstico

COMISIÓN. Diputada Imelda Medina preside comisión especial que revisará la iniciativa

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TEGUCIGALP­A. El goce de un salario mínimo, décimo tercer mes, seguridad social e indemnizac­ión por maternidad son algunos de los beneficios que podrán obtener las empleadas domésticas, según lo establece la Ley de Trabajo Doméstico cuya discusión ya se inició en el Congreso Nacional. La Ley de Trabajo Doméstico consta de 41 artículos y está orientada a abordar la problemáti­ca laboral y dar respuesta a aquellas personas para quienes el trabajo doméstico es su única fuente de ingresos. La iniciativa está amparada en los artículos 127, 128 y 142 de la Constituci­ón de la República que establecen que toda persona tiene derecho al trabajo en condicione­s equitativa­s y satisfacto­rias, al trato laboral en igualdad de condicione­s y a la seguridad social. La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social será el organisno encargado de revisar el pago de las trabajador­as domésticas y se hará conforme a las condicione­s económicas del país. Uno de los mayores beneficios que menciona el dictamen es el pago del décimo tercer mes en concepto de aguinaldo y el décimo cuarto

mes en concepto de compensaci­ón social, mismos que serán equivalent­es a un mes de remuneraci­ón o proporcion­ales cuando el tiempo trabajado sea menor a un año. También garantiza a las embarazada­s estabilida­d laboral y pago de una indemnizac­ión por despido injustific­ado.

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BENEFICIO. Tendrán licencia anual de vacaciones remunerada­s.

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