Aguinaldo y vacaciones incluye ley para trabajo doméstico
COMISIÓN. Diputada Imelda Medina preside comisión especial que revisará la iniciativa
TEGUCIGALPA. El goce de un salario mínimo, décimo tercer mes, seguridad social e indemnización por maternidad son algunos de los beneficios que podrán obtener las empleadas domésticas, según lo establece la Ley de Trabajo Doméstico cuya discusión ya se inició en el Congreso Nacional. La Ley de Trabajo Doméstico consta de 41 artículos y está orientada a abordar la problemática laboral y dar respuesta a aquellas personas para quienes el trabajo doméstico es su única fuente de ingresos. La iniciativa está amparada en los artículos 127, 128 y 142 de la Constitución de la República que establecen que toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias, al trato laboral en igualdad de condiciones y a la seguridad social. La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social será el organisno encargado de revisar el pago de las trabajadoras domésticas y se hará conforme a las condiciones económicas del país. Uno de los mayores beneficios que menciona el dictamen es el pago del décimo tercer mes en concepto de aguinaldo y el décimo cuarto
mes en concepto de compensación social, mismos que serán equivalentes a un mes de remuneración o proporcionales cuando el tiempo trabajado sea menor a un año. También garantiza a las embarazadas estabilidad laboral y pago de una indemnización por despido injustificado.