Nombran juez natural en caso contra Zambrano y Villeda
También fueron designados otros tres magistrados como parte de la Corte de Apelaciones en este juicio contra los diputados
TEGUCIGALPA. El pleno de la Corte Suprema de Justicia designó al magistrado Rafael Bustillo Romero como el juez natural que conocerá el juicio por el caso de “Pacto de impunidad” contra Tomás Zambrano, secretario del Congreso Nacional, y el diputado Román Villeda. La Corte de Apelaciones será integrada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Rolando Argueta Pérez, y los magistrados Wilfredo Méndez y Edgardo Cáceres. La Unidad Fiscal Especial contra la Corrupción e Impunidad del Ministerio Público (Ufecic) acusó el jueves anterior a los dos diputados del Partido Nacional por los delitos de falsificación de documentos, abuso de autoridad y delitos contra la forma de gobierno. El requerimiento contra los parlamentarios se presentó porque, según la entidad acusadora, ambos tuvieron diversos grados de responsabilidad en que se publicara una parte de la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto, que suspendió la persecución penal hasta durante tres años contra parlamentarios por mal uso de fondos mientras dura una auditoría del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), pero que no fue discutida ni aprobada en el Congreso. La aprobación de las reformas fue hecha en la sesión de 2018, la última del Congreso saliente del período 2014-2018. Durante esa deliberación, Ramón Villeda, quien en ese momento era prosecretario, leyó el dictamen de la reforma presupuestaria y en ningún momento se aprobó el artículo 131-A, que dejaba en suspenso las acciones criminales contra los legisladores. El entonces vocero de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad, Juan Jiménez Mayor, calificó la reforma como un “pacto de impunidad”, cuyo efecto inmediato fue la suspensión del juicio del denominado caso de “Red de diputados” que la Fiscalía entabló contra cinco diputados por supuesto desvío de recursos estatales. Tomás Zambrano, secretario del Congreso, remitió a la Empresa Nacional de Artes Gráficas una fe de erratas que fue publicada el 26 de enero de 2018, mediante la cual se eliminaba el polémico artículo 131-A. No obstante, quedó vigente el artículo 16 de la reforma que establece que el TSC debe hacer una fiscalización del dinero dado a los diputados para los períodos 20062010, 2010-2014 y 2014-2018.