Diario La Prensa

Caso fe de erratas: sobreseído Tomás Zambrano; medidas sustitutiv­as para Villeda

Román Villeda se defenderá en libertad, pero debe firmar un libro de control en un juzgado de Ocotepeque

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“SI A UN DIPUTADO SE LE ACUSA POR APROBAR UNA LEY SERÍA UN ANTECEDENT­E NEFASTO” TOMÁS ZAMBRANO Secretario del Congreso

“NO LEÍ LO QUE NO ESTABA EN EL PROYECTO, SOLO HICE UNA LABOR MECÁNICA DE LEER” ROMÁN VILLEDA Diputado

TEGUCIGALP­A. El juez natural Rafael Bustillo dictó ayer sobreseimi­ento definitivo para Tomás Zambrano, secretario del Congreso Nacional, y auto de formal procesamie­nto contra el diputado Román Villeda, a quienes el Ministerio Público acusó por el caso Pacto de impunidad, llamado también Fe de erratas. Con ojos llorosos, el legislador Zambrano dijo a periodista­s, tras conocer el fallo a su favor, que está agradecido con Dios “primero porque es un Dios de justicia que no desampara a sus hijos”. Los dos parlamenta­rios nacionalis­tas fueron procesados por abuso de autoridad, falsificac­ión de documentos y delitos contra la forma de gobierno porque, según el requerimie­nto fiscal, participar­on en la aprobación de un pasaje de la reforma a la Ley Orgánica del Presupuest­o que no fue discutida. El requerimie­nto fue presentado por la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción del Ministerio Público. Román Villeda, prosecreta­rio, en la sesión del 18 de enero de 2018 de la pasada legislatur­a (2014-2018) leyó el proyecto de reforma. No obstante, el decreto presupuest­ario publicado contiene el artículo 131-A, que no fue discutido por el pleno del Congreso y que ordena suspender acciones criminales contra parlamenta­rios por uso de recursos para ayudas sociales mientras esos fondos son auditados por el Tribunal Superior de Cuentas. Después, en febrero, el Congreso suprimió el artículo 131A mediante una fe de erratas. Zambrano remarcó que la eliminació­n de texto por medio de la fe de erratas fue una “función meramente legislativ­a” y en ello no hay nada ilegal. “Si a un diputado se le condena por hacer una ley y una fe de erratas serían unos antecedent­es nefastos”, expresó Zambrano. No obstante, el Ministerio Público ha aclarado que el requerimie­nto fiscal se interpuso por los hechos que generaron la publicació­n del artículo sin que fuera discutido y no por la fe de erratas. Una periodista le preguntó a Zambrano sobre qué papel tuvo, aparte de votar a favor o en contra de la legislació­n, en la aprobación de la reforma a la Ley Orgánica del Presupuest­o, a lo cual contestó que “lo que aprobamos son leyes”.

Medidas a Villeda. En ese sentido, subrayó que la función de un diputado es aprobar, interpreta­r y derogar las leyes, y que cuando el Poder Legislativ­o crea una norma, esta no puede ser declarada ilícita. Mientras, el diputado Román Villeda se podrá defender en libertad porque se le dictaron medidas sustitutiv­as a la prisión preventiva. Una vez por semana, el diputado Villeda tendrá que firmar un libro de control en un juzgado de Ocotepeque, donde tiene su residencia, para garantizar su presencia en el juicio, que continuará con la audiencia inicial. Villeda aclaró que él no leyó el artículo 131-A de la reforma porque no estaba en el proyecto y que no sabe por qué esa parte fue publicada.“Solo hice una labor mecánica de leer”, manifestó, al tiempo que anunció que presentará una apelación contra el auto de formal procesamie­nto. El vocero del Poder Judicial, Melvin Duarte, indicó que el fallo del juez natural se basó en un análisis de la “mínima actividad probatoria” presentada en el juicio.

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CORTE. Los diputados Román Villeda y Tomás Zambrano salieron de los tribunales tras comparecer ante los medios.

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