Reglamentos que se aprobarán
7) Reglamento de Condecoraciones 8) Reglamento de la Comisión Especial de Seguimiento y Transformación de la Policía Nacional. 9) Reglamento del Directorio Estratégico Policial. 10) Reglamento de Turnos, Vacaciones, Permisos, Licencias y Asuetos. Llamados de atención o suspensión de labores son parte de los castigos que se aplicarán a las faltas leves y graves. En el reglamento se definirá la cantidad de veces que tiene que cometer un efectivo una falta leve o grave para ser considerada falta muy grave y ser despedido.
Despidos. Como faltas muy graves y causantes de despido directo serían aquellas como haber sido condenado por cualquier delito, compartir información reservada, dedicarse a actividades ilícitas o promover desórdenes o huelgas. La investigación de faltas graves o muy graves estará a cargo de la Didadpol, que sustituyó en la nueva ley a la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (Diecp).
Procedimiento.
El artículo 13 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional indica que la etapa investigativa del proceso disciplinario –para faltas graves y muy graves– sería no mayor a 75 días hábiles contados a partir de la fecha en que se tuvo conocimiento oficial del hecho. La Didadpol, en caso de encontrarse méritos y dentro de 10 días después de haber concluido las pesquisas, remitirá a la Secretaría de Seguridad el expediente de investigación con un dictamen técnico con la recomendación del castigo que se debe aplicar. Seguridad tendrá 15 días para dar una resolución de cancelar o sacionar a un efectivo.
Sépalo El pasado 2 de julio fueron nombrados Allan Edgardo Argeñal Pinto y Julián Oyuela Gallardo al frente a la Didadpol. “vamos En El camino corrEcto para dEpurar a la policía nacional”