Perjuicio económico
1 El TSC indica que al comparar el precio en el
contrato de $ 106 por megavatio hora producida, más el cargo fijo de $ 3.99, con el precio de la oferta de 107.50 por mega,la Enee ha realizado erogaciones de más que ascienden a 8,192,764.64 dólares entre 2011-2014.
requisitos y limitantes exigidas en el decreto. El artículo dos de ese decreto establecía que el precio que se pactara debía ser más bajo que el ofertado el siete de diciembre de 2007. El parque eólico Cerro de Hula, con una vigencia de 20 años, es una contratación directa, autorizada según decreto de emergencia PCM-162008 de dos de julio de 2008. El TSC señala que “al com-
2 El cargo fijo fue pagado en lempiras, por
167,575,460.73 millones por haber suscrito el contrato a un precio superior al ofertado. De haberse pagado con los precios pactados, la Enee hubiese cancelado $128.6 millones y no los $136.8 millones.
parar los precios con que se suscribió el contrato 49/2008 en relación con los ofertados para el proceso de cotización de suministros de 100 MW de potencia y energía del año 2007 por Eehsa, se comprobó que la suscripción de valores serealizóconpreciossuperiores a los ofertados”. La oferta de 2007 tenía un valor por cargo fijo de cero centavos de dólar, con un valor único de 107.50 dólares en investigación del TSC que el cargo fijo fue una decisión de la Enee como la acción más conveniente para el Estado y así evitar una pérdida de valor de los flujos del proyecto.
concepto de energía, sujeto a inflaciónmensual. Sinembargo, el contrato que se firmó tiene un cargo fijo de 3.99 dólares por kilovatio al mes por 15 años, lo que ocasionaría un pago nominal contractual de 71,820,000.00 dólares (L1,723 millones ) sujeto a la limitante de capacidad demostrada mensual y un pago por energía de $106, sujeto a una inflación anual en relación del 1.5%.