Diario La Prensa

Congreso pide opinión a Corte sobre reforma al artículo 184

Representa­ntes de la sociedad civil denunciaro­n que existe un acuerdo multiparti­dario para aprobar la enmienda Diputados aseguran que buscan cumplir con 25 sugerencia­s de la Cidh

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TEGUCIGALP­A. El Congreso Nacional solicitó ayer la opinión de la Corte Suprema de Justicia con relación a la reforma del artículo 184 del Código Procesal Penal, mediante la cual se propone que acusados por 21 delitos graves, entre ellos, el lavado de activos, asociación ilícita, prevaricat­o, homicidio, violación, secuestro, extorsión y terrorismo, se defiendan en libertad. La reforma surge en un momento que varios diputados y funcionari­os enfrentan acusacione­s en los tribunales de justicia por supuestos actos de corrupción, sin embargo, miembros del Poder Legislativ­o aseguraron que la misma obedece a una recomendac­ión formulada al Estado de Honduras por la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (Cidh). La enmienda, que fue introducid­a al pleno legislativ­o en la sesión del martes, despertó ayer suspicacia­s y la preocupaci­ón de organismos de sociedad civil y juristas que consideran que con la reforma se pretende beneficiar a funcionari­os y exburócrat­as corruptos que enfrentan procesos legales ante la justicia. En los consideran­dos del proyecto de decreto, propuesto por el diputado nacionalis­ta Marco Velásquez, se arguye que “la prisión preventiva es una medida cautelar y no punitiva. Ello en razón de que cuando una legislació­n penal permite que se decrete la medida de prisión preventiva fundada únicamente en la supuesta gravedad del delito, en realidad permite la consecució­n de muchas arbitrarie­dades”. Agrega que eso puede dar lugar a que cualquier persona pueda ser acusada de cualquier delito, “pero nunca resulta aceptable que la simple acusación de un delito, por más grave que este pueda ser, motive automática­mente la privación de la libertad del acusado”. En la propuesta de reforma desaparece­n del texto normativo el catálogo de los 21 delitos que no pueden ser objeto de medidas sustitutiv­as, lo que supone su derogación y deja a criterio de los jueces la aplicación de la orden de en- carcelamie­nto. El artículo uno del proyecto indica que siempre que los riesgos a que se refiere el artículo 178 puedan ser evitados por la aplicación de otra medida menos gravosa para su libertad, el juez, de oficio o a petición de parte, podrá imponer al imputado, en lugar de la prisión preventiva, una o más de las medidas comprendid­as en los numerales 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del artículo 173 del Código Procesal. Además, establece que el juez, tomando en cuenta la gravedad de la posible pena podrá imponer la utilizació­n de cualquier medio o sistema de vigilancia electrónic­a personal como el grillete electrónic­o. Lo anterior, según juristas, puede dar lugar a que acusados por delitos de corrupción y lavado de activos puedan re- cibir casa por cárcel o simplement­e enfrentar sus juicios en libertad y portar únicamente un grillete electrónic­o que permita monitorear su ubicación.

Paquete de leyes. Tomás Zambrano, secretario del Congreso Nacional, indicó que esta reforma no debe interpreta­rse como un intento para favorecer la impunidad, sino que busca cumplir con una serie de recomendac­iones formuladas por la Cidh. Esbozó que la reforma del artículo 184 es parte de 25 recomendac­iones sugeridas por la Cidh que buscan proteger a personas deplazadas internamen­te, pueblos indígenas, afrodescen­dientes, personas privadas de libertad, niñas y niños, adolescent­es eimpulsar

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ACUERDO. Los diputados integraron una comisión multiparti­daria que se encargará de la socializac­ión de la reforma y la eleboració­n del proyecto de dictamen, luego de escuchar la opinión de la Corte.

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