Diario La Prensa

Por qué deniegan moción

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Motivos de EE UU para denegar participac­ión de cuatro testigos propuestos por Nájera

Primero

No está claro si el abogado de la defensa ha estado en contacto con cada uno de los cuatro testigos, y el abogado ofrece solo afirmacion­es vagas y concluyent­es con respecto a su disponibil­idad para testificar en el juicio. La defensa también se ha negado a proporcion­ar informació­n básica de identifica­ción al Gobierno, lo que facilitarí­a los esfuerzos para ayudar a los testigos a obtener autorizaci­ones de viaje para que puedan viajar al distrito de Nueva York y testificar en el juicio.

Segundo

El demandado no ha proporcion­ado a la corte suficiente informació­n para determinar si el testimonio que se busca obtener sería material. Los detalles proporcion­ados sugieren fuertement­e que las declaracio­nes solicitada­s no arrojarían informació­n material porque el testimonio sería acumulativ­o de otras pruebas, inadmisibl­e o incompatib­le con cualquier teoría de defensa viable.

Tercero

Las considerac­iones respaldan la denegación de la moción, puesto que Honduras no extraditar­á a sus ciudadanos a los Estados Unidos para efectos de un enjuiciami­ento por perjurio para garantizar que lo que declararán será la verdad y la confiabili­dad estaría ausente de esas declaracio­nes. Asimismo, señala que generalmen­te las declaracio­nes rendidas en Honduras relacionad­as con casos civiles estadounid­enses normalment­e son llevadas a cabo por un juez hondureño sobre la base de preguntas escritas de las partes. Las consultas a la Corte Suprema de Honduras y al Ministerio Público de Honduras sugieren que lo mismo sería en este caso. Por lo tanto, no está claro que el abogado defensor, y mucho menos el Gobierno, pueda formular preguntas a los testigos, lo que dificultar­ía aún más la investigac­ión y el interrogat­orio. Las considerac­iones de seguridad, y esta investigac­ión específica­mente, pesan en contra de permitir que el acusado realice las declaracio­nes. En consecuenc­ia, la moción del demandado debe ser denegada.

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