Prensa y presunción de inocencia
“No existen personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa”. La Constitución y los tratados internacionales de los cuales Honduras forma parte, consignan y protegen estas garantías universales. Lamentablemente en los últimos años presenciamos con suma preocupación una escalada para erosionar estos principios a través de disposiciones y controles oficiales emanados desde el Estado. Primero fue la figura del desacato que criminalizaba la labor de los periodistas que a través de sus escritos o cualquier otro canal criticara, calumniara o injuriara a una autoridad o un funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Después surgió el artículo 335-B del Código Penal que ponía a las puertas de prisión a un periodista u otra persona que a través de cualquier medio de difusión hiciera apología del terrorismo. Afortunadamente, ambas figuras fueron derogadas tras una lucha de los periodistas y de la sociedad que veían en tales disposiciones una amenaza a la libertad de expresión y de prensa. Luego apareció la Ley Nacional de Ciberseguridad, la Ley de Secretos Oficiales y más recientemente la polémica moción de orden presentada por el diputado Denis Castro, que busca que la autoridad se abstenga de presentar ante los medios de comunicación a los indiciados en un delito bajo el argumento que violenta su honor y presunción de inocencia. El gremio de los periodistas, la Asociación de Medios y diversos sectores de la sociedad han expresado sus reservas a dicha iniciativa, ya que la misma limita derechos y libertades relativos al acceso a la información y el ejercicio de la prensa. Los medios y los periodistas siempre han tenido sumo cuidado respetar la presunción de inocencia de los detenidos, pero llama la atención y despierta suspicacias que tras esta iniciativa hayan motivos ulteriores en un momento que se anuncian acusaciones contra altos funcionarios y diputados. Si bien la presunción de inocencia es una garantía constitucional, también lo es el derecho de la sociedad a estar debidamente informada y de los medios y periodistas a buscar, recibir y divulgar información. Por lo anterior, el paraguas del respeto a la reputación no debe ser excusa para no dar a conocer a los acusados de un acto criminal y corrupto.
“la presunción de inocencia no debe ser excusa paraobstaculizar la labor de los periodistas y medios”