La globalización y el derecho
La globalización como un proceso dinámico de la economía y la tecnología a escala mundial abrió sus puertas a la revolución de la informática a partir del siglo XX, consolidándose en el siglo XXI, en que llega a su liberalización y democratización en la medida que internet también lo hace, caracterizándose por la integración de las economías de diversos Estados que se consolidan a escala global. Este fenómeno impone que los asuntos económicos y sociales que requieren respuestas jurídicas no puedan resolverse recurriendo al derecho interno por la variedad de legislaciones que pudieran aplicarse. Siendo las corporaciones multinacionales y las organizaciones no gubernamentales las que han hecho necesaria una nueva legislación autónoma para la resolución de sus conflictos mediante un procedimiento simple y unificado, fundado en los usos existentes entre los comerciantes en general. Conforme al avance creciente de las aplicaciones electrónicas surgen los contratos transnacionales, originándose así una jurisdicción electrónica, cuya aplicación, por aquellos que estipulan a través de contratos electrónicos virtuales, es relativamente simple. De este modo, el derecho mercantil se encuentra asociado a la dinámica de la globalización, construyendo instituciones jurídicas propias que producen la internacionalización del derecho en la medida en que se extiende la actividad mercantil. De acuerdo con este fenómeno, las transformaciones jurídicas se producen a través de los contratos, que vienen a constituir el instrumento principal en este proceso y que son ley entre las partes, tal como lo establece el derecho común, surgiendo nuevas figuras contractuales que se separan del derecho mercantil común y que se aplican al mundo de la globalización, emergiendo así los contratos que se celebran a través de la red, pero cuyo cumplimiento se realiza off line o en el mundo real, no virtual; y los contratos celebrados y ejecutados exclusivamente por internet sin que preceda la entrega de bienes ni prestaciones de servicio en el mundo real, conocidos como contratos on line. Esto nos ha conducido a un nuevo derecho -sobre todo mercantil- caracterizado por la transformación de algunas instituciones en el plano supranacional, cuya armonización se ha dado a través de una serie de normas basadas en leyes modelo que han sido redactadas no por los legisladores, sino que, en forma independiente, por organizaciones internacionales fundadas en la expansión empresarial transnacional, que ha exigido una estandarización de sus reglas y el desarrollo de un derecho mercantil uniforme que deba garantizar la competitividad y la seguridad jurídica internacional. -Extracto de mi ponencia en el X Congreso iberoamericano de jurisprudencia, celebrado en Madrid.