Liberan a mujer que pagaba 30 años por par ira su bebé muerto
LEGAL. Abortar se tipifica como “homicidio agravado”, con penas de cárcel de 30 a 50 años
SAN SALVADOR. Un tribunal liberó ayer a Evelyn Hernández, quien deberá seguir un proceso judicial fuera de la cárcel, luego de que la Corte Suprema de Justicia anulara su sentencia a 30 años por homicidio agravado tras parir en su casa a un bebé presuntamente muerto. Después de 33 meses en la Cárcel de Mujeres, en la periferia este de San Salvador, Hernández, de 20 años, salió y se reencontró con sus padres y un hermano que la trasladaron a su residencia en una comunidad enclavada en un área rural vecina a Cojutepeque. El Tribunal de Sentencia de Cojutepeque resolvió que Hernández “sea procesada en libertad” y programó para el 4 de abril la audiencia de sentencia, cuando un nuevo juez dirimirá su caso, declaró la abogada del equipo jurídico que la defiende, Angélica Rivas. La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico recordó que Hernández ignoraba que estaba embarazada cuando tuvo un “parto precipitado y extra hospitalario” en una letrina el 6 de abril de 2016. En un pri- mer momento del proceso se informó que su embarazo fue producto de una violación o una relación forzada, aunque ahora ella y sus abogadas defensoras se abstienen de hablar de las circunstancias, en virtud de que lazo nade donde procede Hernández está bajo la influencia de las pandillas.