Cree Dan un plazo de 45 días a las empresas morosas con la
Con estas medidas se busca fortalecer financieramente a la entidad reguladora en materia de energía
TEGUCIGALPA. Las empresas distribuidoras que mantienen una mora en el pago de la tasa de 0.25% a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (Cree) tendrán un plazo de 45 días para honrar esas deudas, según se consigna en la reforma a la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) aprobada esta semana por el Congreso Nacional. “Para el efectivo cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 3 literal G. de la Ley General de la Industria Eléctrica, las empresas distribuidoras que a la fecha de la vigencia del presente decreto no hayan puesto a disposición de la Cree el cargo del punto veinticinco por ciento (0.25%) del monto total que hayan facturado en el mes previo al mes anterior, correspondiente a años anteriores, deberán transferir los montos resultantes pendientes dentro de los 45 días a la entrada en vigencia del presente
decreto”, indica literalmente el documento.
Para el cálculo de los montos pendientes, se tomará como referencia la conformación efectiva de la Cree desde el momento en que entró en vigencia el nombramiento en sus cargos de los primeros comisionados de la misma.
La Comisión subsiste administrativa y financieramente con el 0.25% que se aplica a las empresas distribuidoras y los consumidores calificados. En ese sentido, la reforma también ordena a Finanzas para que cada año incorpore en el presupuesto de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica el cien por ciento (100%) de los montos remanentes de ejercicios fiscales anteriores, incluyendo los existentes a la fecha del presente decreto, provenientes de los cargos aplicados a las ventas mensuales de electricidad de cada empresa distribuidora y a las transacciones de compra-venta de electricidad realizadas por los consumidores calificados que actúen como agentes del mercado.