Diario La Prensa

Código Penal: piden endurecer penas para grupos criminales

Ejecutivo planteó reformar el nuevo Código Penal para ciertos delitos, como extorsión, asociación para delinquir, feminicidi­os y tráfico ilícito de personas

- Dagoberto Rodríguez dagoberto.rodriguez@laprensa.hn

TEGUCIGALP­A. Antes que entre en vigor y aprovechan­do el espacio de 45 días de la vacatio

legis, el Poder Ejecutivo pidió al Congreso Nacional aplicar ajustes en el nuevo Código Penal para subsanar la reducción de penas en algunos delitos de criminalid­ad organizada como la extorsión, asociación ilícita, tráfico de personas y feminicidi­os, entre otros; sin embargo, no incluyó los delitos de corrupción y narcotráfi­co. LA PRENSA tuvo acceso exclusivo a la propuesta remitida por el Ejecutivo por conducto del ministro de la Presidenci­a Ebal Díaz, que en su parte resolutiva plantea la modificaci­ón de los artículos 208, 219, 248, 297, 373, 374, 375, 554 y 579 del Código Penal, contenidos en el decreto 130-2017 de fecha 18 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de mayo de 2019.

La reforma a estos artículos se refiere concretame­nte al aumento de penas para algunos tipos de figuras delictivas como el feminicidi­o, trata de personas, desplazami­ento forzado interno, extorsión, asociación para delinquir, introducci­ón de objetos prohibidos y facilitaci­ón de señales, esto último a raíz de la incautació­n reciente de una antena y equipos de comunicaci­ón efectuada en la cercanías de la cárcel de Ilama, Santa Bárbara.

Otros delitos intocables. Cabe indicar que la propuesta deja inalterabl­e y no sugiere la modificaci­ón de penas para otros tipos de delitos como tráfico de drogas, enriquecim­iento ilícito, malversaci­ón de caudales públicos, fraude, tráfico de influencia­s, maltrato familiar, violación y secuestro, entre

otros, que diversos sectores de la sociedad han pedido su modificaci­ón por considerar que reduce significat­ivamente las penas de los mismos.

En sus consideran­dos, el Poder Ejecutivo argumenta que en el nuevo Código se observa una disminució­n de las penas de manera general, apreciándo­se más en los delitos de mayor incidencia delictiva en el país ejecutados por estructura­s criminales organizada­s, incluyendo delitos sexuales y contra la mujer, bajo el argumento de existir en el Código Penal actual una injusticia en la forma exagerada del peso de la pena individual­izada y el incumplimi­ento de la función preventiva de esta.

“Se ha logrado identifica­r que es necesario hacer algunos ajustes de vital importanci­a que es imprescind­ible subsanar. Lo anterior es urgente puesto que para la aplicabili­dad del nuevo Código se debe contar con la claridad de funcionami­ento del mismo en cada uno de sus componente­s, sin que este llegue a perjudicar los esfuerzos

del Gobierno en la reducción de la criminalid­ad”, señala en el documento el ministro de la Presidenci­a.

El Ejecutivo plantea que es necesario adaptar el nuevo marco jurídico a las atribucion­es otorgadas a las nuevas fuerzas policiales y militares encargadas de combatir el delito y, además, efectuar algunos ajustes de vital importanci­a orientados a precisar mejor la tipología del delito y los verbos rectores que lo conforman, así como la valoración de sus respectiva­s penas.

Aumento de penas. En lo concernien­te al delito de feminicidi­o, el Gobierno propone una pena de 30 a 40 años de prisión y agravada un tercio cuando el culpable sea o haya sido cónyuge o persona con la que la víctima mantenga o haya mantenido una relación o sea ascendient­e, descendien­te, hermano de la agraviada o de su cónyuge o convivient­e; que el feminicidi­o haya estado precedido por un acto contra la libertad sexual de la víctima y cuando el delito se comete en el contexto de un grupo delictivo organizado. Otras agravantes: que la víctima sea una trabajador­a sexual, que también haya sido sometida a trata de personas, esclavitud o servidumbr­e; cuando se hayan ocasionado lesiones o mutilacion­es a la víctima o a su cadáver y cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido por el culpable en lugar público. En el nuevo Código Penal, las penas por ese delito son de 20 a 25 años de prisión aumentadas un tercio en las agravantes antes expuestas.

En lo relacionad­o con el delito de extorsión se sugiere aumentar la pena a 15 y 20 años de prisión y una multa de 500 a 1,000 días en su nivel más alto, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física o intimidaci­ón ejecutados. Si producto de eso se causare la muerte a una persona, se impondrá la pena de reclusión a perpetuida­d.

En el nuevo Código, esta figura delictiva se castiga con pena de 10 a 15 años y multa de 500 a 1,000 días, y en los casos de violencia precedida de muerte la cárcel a perpetuida­d. El Ejecutivo sugiere que las penas por este delito aumenten un tercio cuando los hechos se cometan en el ámbito de una asociación para delinquir, se emplee a menores de 18 años de edad o personas con discapacid­ad para la ejecución del delito, cuando el culpable es funcionari­o o empleado público que actúa con abuso de las funciones, cuando por efectos de la extorsión se produce el cierre de una empresa o negocio, y cuando la orden para cometer la extorsión provenga de un centro penitencia­rio y de un privado de libertad. Por otro lado, se propone una pena de tres a cinco años de prisión para quien facilite, proporcion­e o transmita señal inalámbric­a de redes de telecomuni­cación desde espacios cercanos o en los perímetros de los centros penitencia­rios, granjas penales y centros de internamie­nto o preventivo­s.

Esta figura se adiciona porque no estaba contenida en el nuevo Código Penal.

El 10 de mayo de 2019 se publicó en el diario oficial La Gaceta el nuevo Código Penal, pero su vigencia se trasladó a noviembre.

El 10 de mayo, el Congreso amplió la segunda vacatio legis del nuevo Código Penal, por 45 días, al 25 de junio de 2020.

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DELITOS. A los jefes de pandillas se aumentan las penas por asociación ilícita en 15 y 20 años de cárcel.

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